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Desde este blog queremos informar y discutir sobre la actualidad de las empresas así como novedades en temas fiscales, laborales y contables que consideramos de interes



jueves, 28 de febrero de 2013

Incentivos fiscales para fomentar la creación de empresas y el autoempleo en régimen de autónomo


Con entrada en vigor a partir del 24 de febrero de 2013, el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrerocontiene una serie demedidas en diversos ámbitos de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, y que en el ámbito tributario se concretan en una serie de incentivos fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades para apoyar los proyectos emprendedores y para fomentar el autoempleo en régimen de autónomo durante los primeros años de ejercicio de una actividad.
Antes de exponer las principales novedades fiscales que acabamos de enunciar, se hace necesario señalar que es la primera vez después de casi 14 meses, que vamos a comentar medidas que no suponen un incremento de impuestos y esperemos que supongan una buena iniciativa de apoyo al crecimiento empresarial.
Fomento del autoempleo en régimen de autónomos:
Con efectos 1 de enero de 2013 están exentas en IRPF la totalidad de las prestaciones por desempleo bajo la forma de pago único (anteriormente la exención estaba limitada cuantitativamente, en cuanto alcanzaba exclusivamente hasta los 15.500 €), con los siguientes requisitos:
  • La exención se predica de las prestaciones por desempleo reconocidas por la respectiva entidad gestora cuando se perciban en la modalidad de pago único establecida en el Real Decreto 1044/1985, de 19 de junio, por el que se regula el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único.
  • La prestación percibida debe destinarse a las finalidades y casos previstos en el Real Decreto mencionado en el requisito anterior.
  • Para que la exención se consolide es necesario el mantenimiento de la inversión, bien en la sociedad laboral o en la cooperativa de trabajo asociado, bien en la entidad mercantil en que hubiera aportado capital, bien en la actividad económica emprendida como autónomo, durante un plazo mínimo de 5 años.
Como consecuencia de la exención total de las prestaciones por desempleo percibidas en la modalidad de pago único, se suprime en la Ley del IRPF, la regla especial de imputación que se contenía en la letra c) del apartado 2 del artículo 14, pues la misma se aplicaba únicamente para las rentas sujetas.
Incentivos fiscales para sociedades de nueva creación y para contribuyentes que inicien una actividad económica
En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades la medida que se adopta consiste en el establecimiento para las entidades de nueva creación, constituidas a partir de 1 de enero de 2013, de un tipo de gravamen reducido aplicable durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan beneficios y por lo que se refiere al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se establece para contribuyentes que hubieran iniciado el ejercicio de una actividad económica a partir de 1 de enero de 2013 una reducción del rendimiento neto en el primer período impositivo en que el mismo sea positivo y en el período impositivo siguiente.
Por lo tanto dos son los beneficios fiscales adoptados, en función de si el inicio de una actividad lo efectúa una entidad de nueva creación o un autónomo:
  • Tipo de gravamen reducido para entidades de nueva creación en el IS:
    - A las entidades de nueva creación, constituidas a partir del 1 de enero de 2013, se les aplican en los dos primeros períodos impositivos en que la base imponible sea positiva, los siguientes tipos de gravamen:
    a) Base imponible entre 0 y 300.000 euros ……… 15%.
    b) Resto de base imponible ………………………………… 20%.
Además, se señala que su aplicación queda exceptuada cuando los sujetos pasivos “deban tributar a un tipo diferente al general”.
Asimismo, se precisa (al igual que ocurre en el tipo de gravamen aplicable a las entidades calificadas como empresas de reducida dimensión o en el tipo de gravamen reducido aplicable a entidades que mantengan o creen empleo) que si el período impositivo tiene una duración inferior al año, la parte de la base imponible que tributará al 15% será la resultante de aplicar a 300.000 euros la proporción en la que se hallen el número de días del período impositivo y 365 días, o bien la base imponible del período impositivo, en el caso de que esta resulte inferior.
Pagos fraccionados: No se aplican en su cuantificación los tipos anteriores si le es aplicable la modalidad de pago fraccionado del artículo 45.3 de la LIS.
Requisitos:
No se entenderá iniciada una actividad económica:
a) Si con carácter previo la actividad se hubiera realizado por otras personas o entidades vinculadas y transmitida a la entidad de nueva creación.
b) Si durante el año anterior a la constitución, la actividad hubiera sido ejercida, por una persona física que ostente una participación, en el capital o en los fondos propios de la entidad de nueva creación superior al 50%.
Excepción: no pueden beneficiarse de este incentivo fiscal las entidades de nueva creación que formen parte de un grupo (términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio).
  • Reducción del rendimiento neto por inicio de una actividad económica en el IRPF:
Reducción del 20% en los rendimientos netos que se obtengan durante los 2 primeros ejercicios en que losresultados sean positivos.
Requisitos:
    • Iniciar una actividad económica a partir de 1 de enero de 2013, siempre que no se hubiera ejercido otra en el año anterior a la fecha de inicio de la actividad (no se tienen en cuenta actividades por las que se haya cesado sin obtener nunca rendimientos netos positivos). Si posteriormente se inicia otra actividad sin haber cesado en la primera, la reducción se aplica sobre los rendimientos netos del primer ejercicio en que los resultados sean positivos y en el ejercicio siguiente desde el inicio de la primera actividad.
    • Determinar el rendimiento neto de la actividad con arreglo al método de estimación directa.
Límites de la reducción:
    • Se aplica solamente sobre 100.000 € anuales.
    • No se aplica en el ejercicio en el que más del 50% de los ingresos proceden de persona o entidad con la que el contribuyente hubiera obtenido rendimientos del trabajo en el año anterior al inicio de la actividad.




Fuente: Fiscal-impuestos.com


miércoles, 27 de febrero de 2013

Los billetes de 500 euros en circulación caen al nivel de noviembre de 2005

El número de billetes de 500 euros en circulación en España así como su importe, cayeron de nuevo en enero pasado hasta sus niveles más bajos desde noviembre de 2005, según los datos provisionales publicados por el Banco de España.
De esta forma, el número de esos billetes se situó en 91,7 millones a cierre de enero, 8,1 millones más que un año antes y 1,2 millones menos que el mes anterior.
El importe, por su parte, de esos 91,7 millones de billetes equivalía a 45.855 millones de euros, 2.500 millones menos que un año atrás y 628 millones menos que en el mes anterior.
La circulación de un mayor o menor número de billetes de 500 euros, cada uno de los cuales equivale a 83.000 de las antiguas pesetas, responde únicamente a la demanda de las entidades financieras, que a su vez atienden las peticiones de sus clientes.
No obstante, algunas fuentes atribuyen la proliferación de estos billetes a que los españoles prefieren el efectivo a cualquier otro activo financiero y a la existencia de pagos efectuados en "dinero negro", con lo que una reducción en el número de billetes de 500 euros es un indicador de que se efectúan menos pagos fuera del control de Hacienda.
Desde el máximo alcanzado en octubre de 2008, cuando circulaban por España 113 millones de billetes de 500 (56.388 millones de euros), la cifra no ha dejado de caer, aunque de manera intermitente.
En total, en enero de este año había en circulación en España 61.698 millones de euros en billetes, de los cuales 45.855 correspondían a billetes de 500 euros.
Otros 2.867 millones correspondían a billetes de 200 euros, cuyo número también se redujo a 14,3 millones de billetes, frente a los 14,8 de diciembre y a los 16,3 de un año antes.
Asimismo, los 34,8 millones de billetes de cien euros que había en circulación (3,1 menos que en diciembre y 10,1 menos que en enero de 2012) equivalían a 3.490 millones de euros.
En cuanto a los billetes de 50 euros, en enero circulaban 762 millones de unidades, frente a los 692 de enero de 2012.
El Banco Central Europeo (BCE) es el que aprueba cada año el volumen de billetes que deben emitir los bancos centrales de los miembros de la Unión Económica y Monetaria (UEM) en función de las previsiones que hace cada uno de los organismos reguladores nacionales.


Fuente : El Mundo

martes, 26 de febrero de 2013

El fraude fiscal alcanzó el 6% del PIB

El fraude fiscal alcanzó en España el 6% del PIB en 2012, según cálculos del Consejo Económico y Social (CES), a partir de los datos de la OCDE sobre economía sumergida, según se desprende del 'Informe sobre distribución de la renta en España'.

El organismo indica que el fraude fiscal supone un "lastre" para el sistema español, tanto por el lado de la suficiencia, por el importante volumen de recursos que la Hacienda española deja de recaudar, como por el lado de la equidad, dado que el fraude se concentra en las rentas que no están sujetas a retención.

El CES apunta que la enorme diferencia entre la renta media que se viene declarando en el IRPF por trabajo (menos de 25.000 euros al año) y por actividades económicas (menos de 10.000 euros anuales) se explicaría, al menos en parte, por la importancia del fenómeno de "infradeclaración u ocultación de rentas" ligadas a la economía sumergida.

Para el organismo, el fraude fiscal tiene "fuertes efectos distorsionadores" de la equidad, la progresividad y la distribución de la riqueza ya que, cuando mayor sea la cantidad defraudada, mayor será la carga fiscal para el resto de contribuyentes. También es contrario, añade, a la equitativa distribución de la renta porque se concentra en las fuentes de mayor riqueza. E

l informe destaca que, hasta mediados de los 90, el sistema tributario español ha venido siendo más o menos proporcional o ligeramente progresivo, pero a partir de entonces, en línea con lo observado en otros países del entorno, se han acometido una serie de reformas en la imposición directa que han limitado el potencial recaudatorio del sistema tributario y su capacidad redistributiva.


Fuente: ABC

lunes, 25 de febrero de 2013

Los emprendedores ahorrarán 280 millones en impuestos con las rebajas fiscales


El Ministerio de Hacienda estima que más de 75.000 nuevas empresas y autónomos podrán ahorrarse unos 280 millones de euros cada año en impuestos con la reducción tributaria contemplada en el real decreto de medidas de apoyo al emprendedor aprobado en el último Consejo de Ministros. Iniciativas cuyo objetivo último es combatir el paro por la vía de fomentar el empleo por cuenta propia.
La normativa, ya en vigor tras ser publicada el pasado sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), incluye un nuevo régimen de tributación reducida para sociedades de nueva creación y emprendedores durante los dos primeros ejercicios de actividad con resultado positivo.
Hoy el tipo general de tributación de las sociedades es del 30% y las empresas con una cifra de negocio menor de 10 millones de euros se benefician de un tipo reducido del 25% para los primeros 300.000 euros de base imponible, y del 30% para lo que exceda de ese importe. En adelante, además, las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo del 15% para esos primeros 300.000 euros durante los dos primeros ejercicios en que obtengan beneficios. Y el exceso estará sujeto al 20%, frente al 30% del tipo de gravamen general de Sociedades, también en los dos primeros ejercicios positivos.
Hacienda estima el número de potenciales beneficiarios de esa medida en más de 20.000 empresas al año. El coste para el erario -o, si se prefiere, el ahorro fiscal para los contribuyentes-, serán 270 millones de euros anuales.
Autónomos
Los autónomos que inicien una actividad económica podrán aplicarse también en el IRPF una reducción del 20% en los rendimientos netos obtenidos durante los dos primeros ejercicios con resultados netos positivos. En este caso, el departamento que dirige Cristóbal Montoro cree que el número de beneficiarios será superior a 55.000 por año, que se ahorrarán en torno a 10 millones de euros cada ejercicio.
El decreto publicado en el BOE también incluye medidas de fomento del autoempleo en el régimen de autónomos. Los desempleados que decidan establecerse por su propia cuenta podrán beneficiarse de la exención del IRPF de las prestaciones por desempleo cuando el abono de esas prestaciones se realice en forma de pago único (hasta ahora estaban exentos solo los primeros 15.500 euros). Hacienda estima en 21.000 los beneficiarios de esta última iniciativa.


Fuente: Finanzas.com

domingo, 24 de febrero de 2013

Los jubilados que sigan trabajando cobrarán el 50% de la pensión



Jubilarse y seguir trabajando con un sueldo en España es muy difícil. Hay muchos obstáculos para hacerlo. El Gobierno quiere remover parte de ellos y pretende aprovechar la reforma parcial de pensiones que prepara (y que quiere tener aprobada en la primera quincena de marzo) para hacerlo. Para ello, en el borrador del decreto ley ya redactado se permite que los jubilados que sigan trabajando puedan cobrar hasta el 50% de la prestación que les corresponda. Estar retirado no eximirá de seguir cotizando, aunque las cuotas a pagar bajarán mucho, según el texto fechado el pasado 19 de febrero.
La compatibilidad no estará abierta a todos los trabajadores. Para poder acceder a ella, habrá que tener una carrera de cotización completa: 35 años y un mes en 2013 (este requisito irá creciendo progresivamente hasta que en 2027 alcance los 38,5 años). Si cumple ese requisito, el jubilado cobrará la mitad de la pensión que le corresponde mientras lo compatibilice con el trabajo. Una vez retirado definitivamente pasará a cobrar el 100% de la prestación que le tocaba percibir en el momento en que se jubiló, es decir, las cotizaciones adicionales no se traducirán en una mejora de la pensión.
La norma prevista también excluye a los funcionarios civiles y militares que estén encuadrados en regímenes de cotización especiales (Muface). Es decir, esta redacción no deja fuera al personal laboral de la Administración ni a los funcionarios que cotizan en el régimen general, básicamente los de Seguridad Social, comunidades autónomas y Ayuntamientos. No obstante, el decreto ley que tiene preparado el Ministerio de Empleo es un borrador y, por tanto, puede cambiar hasta que se apruebe definitivamente.
Esto supondrá un cambio sustancial con la norma actual. Ahora es compatible cobrar una pensión con el trabajo por cuenta ajena, si los ingresos no superan el salario mínimo interprofesional. También es posible, desde 2011, para los profesionales que trabajen por cuenta propia y cuenten con mutuas en sus colegios.Este cambio se integra en la reforma de la jubilación parcial y anticipada que prepara Empleo,cuyo borrador adelantó en la edición este diario.
En un país como España, en el que el desempleo es un problema casi endémico, la compatibilidad entre pensión y sueldo siempre ha generado controversia. No falta quien advierte de que esto supone restar posibilidades de inserción laboral a los jóvenes, ya que los más mayores no dejan sus puestos de trabajo. Estas voces han crecido durante la coyuntura actual con el desempleo juvenil por encima del 55%.
Entre los sindicatos, esta modalidad tampoco genera entusiasmo ya que piensan, como norma general, que este tipo de trabajadores jubilados pueden resultar más baratos para las empresas e incentivar un proceso de sustitución. Este es uno de los riesgos que la redacción actual no evita y eso se aprecia en el pago de las cuotas sociales.
Ahora las cotizaciones actuales de un trabajador por cuenta ajena suponen el 36,25% sobre la base de cotización (6,3 puntos los paga el trabajador, el resto el empresario). La previsión para quienes compatibilicen trabajo y pensión es un 8% (el 2% a cargo del empleado) de “cotización especial de solidaridad”.


Fuente: El País

sábado, 23 de febrero de 2013

El Consejo de Ministros saca adelante un paquete de incentivos para desarrollar el empleo joven, apoyar a los emprendedores, reforzar la financiación y remodelar el sector ferroviario y de hidrocarburos



El Gobierno español ha aprobado este viernes un paquete de medidas dentro de la segunda fase de reformas estructuralespara desarrollar el empleo joven, apoyar a los emprendedores, reforzar la financiación y remodelar el sector ferroviario y de hidrocarburos. Estas más de 50 de medidas entrarán en vigor este domingo en forma de un Real Decreto que se publicará mañana en el BOE, tal y como ha anunciado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Saénz de Santamaría. Entre las medidas, que se dividen en seis apartados, estas son las principales:

Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven

En este Real Decreto Ley se incluyen medidas a través de la cuales se inicia el desarrollo de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016, resultado de un proceso de diálogo y participación con los interlocutores sociales.
Concretamente, se desarrolla un primer conjunto de medidas que se espera que tenga un notable impacto positivo en la reducción del desempleo juvenil.
Así, entre las medidas dirigidas a fomentar el emprendimiento y el autoempleo de los jóvenes:
-1. Se establece una tarifa plana de cincuenta euros en la cotización a la Seguridad Social, para nuevos autónomos menores de treinta años que inicien una actividad por cuenta propia, durante los primeros seis meses.
-2. Se permite compatibilizar la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia, durante nueve meses para menores de treinta años en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
-3. Se amplían las posibilidades de capitalización del desempleo para iniciar una actividad emprendedora. Los beneficiarios de prestaciones por desempleo menores de treinta años podrán capitalizar hasta el 100% de su prestación para realizar una aportación al capital social de una sociedad mercantil, siempre y cuando se establezca una vinculación profesional o laboral de carácter indefinido.
-4. Reanudación del cobro de la prestación por desempleo. Para menores de treinta años se amplía de dos a cinco años la duración del ejercicio de una actividad por cuenta propia que permite interrumpir y, por tanto, reanudar el cobro de la prestación por desempleo.
Se aprueban, además, incentivos fiscales en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades para apoyar los proyectos emprendedores. En concreto, se reduce la tributación a las sociedades de nueva creación y a los nuevos autónomos:
-5. Las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo reducido del 15% (hasta una base imponible de trescientos mil euros y del 20% (resto de la base) durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.
-6. Los autónomos que inicien actividades económicas podrán aplicar una reducción del 20% en los rendimientos netos que obtengan durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.
Además, se establecen incentivos fiscales para fomentar el autoempleo en régimen de autónomo. Los desempleados que decidan establecerse como autónomos podrán beneficiarse de la exención completa en el IRPF de las prestaciones por desempleo cuando el abono de la prestación sea en forma de pago único (hasta ahora están exentos sólo hasta 15.500 euros).
Asimismo, se incluyen medidas que suponen estímulos a la contratación laboral de jóvenes hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%:
-7. La cuota de la empresa a la Seguridad Social se reducirá en un 75% para empresas de más de 250 trabajadores y en un 100% para el resto, cuando se contrate a tiempo parcial con vinculación formativa a menores de treinta años sin experiencia laboral previa o que provengan de sectores donde no haya demanda de empleo o que se encuentren desempleados desde hace más de doce meses.
-8. Los autónomos y las empresas de hasta nueve trabajadores se beneficiarán de una reducción del 100% de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes durante el primer año por la contratación indefinida de un desempleado menor de treinta años.
-9. Contrato «primer empleo joven»: modificación del actual contrato temporal para contratar a menores de treinta años desempleados sin experiencia profesional previa, con incentivos a su trasformación en indefinido (bonificación de quinientos euros/año durante tres años o setecientos euros si se suscribe con mujeres).
-10. Se introducen incentivos al contrato en prácticas para que aquellos jóvenes de hasta treinta años que hayan terminado su periodo formativo puedan tener una primera experiencia laboral vinculada a su titulación. Se establecerá una reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes de hasta el 50%.
Por otra parte, se incluyen medidas dirigidas a la mejora de la intermediación laboral como instrumento esencial para fomentar la contratación:
-11. Se da impulso con las Comunidades Autónomas a la colaboración público-privada para la intermediación en el ámbito de los servicios públicos de empleo.
-12. Se crea un Portal Único de Empleo que facilitará la búsqueda de empleo y donde se alojará toda la información de utilidad para orientar a los jóvenes y poner a su alcance herramientas que faciliten la búsqueda de empleo o el inicio de una actividad empresarial.
-13. Además, por otra parte, se habilita a las Empresas de Trabajo Temporal para celebrar contratos para la formación y aprendizaje.

Fomento de la financiación empresarial

-14. Se facilita a los seguros privados y fondos de pensiones que inviertan en valores negociados en el Mercado Alternativo Bursátil y en entidades de capital riesgo.
-15. Se facilita el desarrollo de los mercados de renta fija para mejorar el acceso a la financiación no bancaria de las empresas españolas. Se suaviza la limitación impuesta en el artículo 405 de la Ley de Sociedades de Capital, por la que el importe total de las emisiones de las sociedades no puede ser superior al capital social desembolsado, más las reservas.

Morosidad y pago a proveedores

-16. Se amplía el Plan de Pago a Proveedores con más de 2.600 millones de euros, dando una segunda oportunidad a proveedores de Entidades Locales y Comunidades Autónomas ya incluidas en el Plan, así como ampliando el ámbito de aplicación a nuevas Administraciones. En concreto, se permite la adhesión a Entidades Locales del País Vasco y Navarra incluidas en el modelo de participación en tributos del Estado y a las mancomunidades de municipios. En cualquier caso, se mantiene la limitación temporal a facturas anteriores al 1 de enero de 2012.
Además, se amplía el tipo de facturas que se podrán acoger al Plan, lo cual también se aplica a los municipios y Comunidades Autónomas incluidos en la primera fase. En concreto, los nuevos contratos incluidos en esta ampliación son los correspondientes a concesiones administrativas, encomiendas de gestión, convenios, contratos de arrendamiento de inmuebles, contratos relacionados con los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, determinados contratos de concesión de obras públicas, determinados contratos de gestión de servicios públicos y contratos de colaboración público-privada.
-17. Se completa la transposición de la Directiva por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Entre las modificaciones, se establece un plazo de pago de treinta días para todas las operaciones privadas que, como máximo, puede ampliarse hasta los sesenta días, y se establece una mayor penalización de la mora, aumentando los intereses y obligando al pago de una cantidad fija (cuarenta euros).

Sector ferroviario

-18. Se adoptan determinadas medidas para lograr la máxima eficiencia en la gestión de los servicios ferroviarios, entre las que destaca el traspaso de la titularidad de la red ferroviaria de titularidad estatal a ADIF.
-19. Se sientan las bases para la apertura progresiva a la libre competencia del transporte ferroviario de viajeros y se establece un proceso de liberalización análogo a la liberalización realizada en otros sectores. Para los servicios comerciales el acceso para los nuevos operadores se llevará a cabo a través de la obtención de títulos habilitantes. Se licitará un número determinado de títulos habilitantes a través de un proceso público y competitivo. El Gobierno determinará el número de títulos habilitantes en cada momento y su período de vigencia, tras el cual los servicios se prestarán en libre competencia.
-20. Los denominados servicios de transporte de viajeros con finalidad turística (que incluyen los "trenes turísticos"), se prestarán en libre competencia a partir del 31 de julio de 2013.

Sector de hidrocarburos

Dado el actual escenario de recesión económica, y teniendo en cuenta la evolución de las cotizaciones de los productos petrolíferos, se adoptan medidas para incrementar la competencia efectiva en el sector de los hidrocarburos, lo que contribuirá a un funcionamiento más eficiente del mercado y a un mayor bienestar de los ciudadanos:
-21. Al objeto de incrementar la competencia en el mercado mayorista, de forma que los costes de distribución sean lo más bajos posibles, se refuerza la supervisión y transparencia de acceso a las instalaciones logísticas, y se garantiza que los titulares de estas instalaciones permitan el acceso de terceros en condiciones no discriminatorias, transparentes y objetivas.
-22. Con el fin de incrementar la competencia en mercado minorista se eliminan barreras administrativas y se simplifican trámites a la apertura de nuevas estaciones de servicios. En particular, se eliminan obstáculos y se agiliza el procedimiento para que los centros comerciales y zonas o polígonos industriales incorporen, entre sus equipamientos, una estación de servicio.
-23. Por otro lado, para reducir las barreras de entrada y fomentar la expansión de nuevos operadores, se actúa sobre los contratos de suministro al por menor en exclusiva, al objeto de reducir las restricciones al cambio de suministrador derivadas de estos contratos. En particular, se limita la duración de los contratos de suministro en exclusiva a un año prorrogables hasta tres, se publicarán los contratos y su fecha de vencimiento, y se prohíben las recomendaciones de precio de venta al público, lo que incrementará la competencia intramarca. Asimismo, se fomenta la entrada de nuevos operadores y se limita el crecimiento en número de instalaciones de los principales operadores, lo que incrementará la competencia entre diferentes marcas.
-24. Por último, se revisan los objetivos anuales de consumo y venta de biocarburantes para minimizar los precios de venta y favorecer la estabilidad en el sector, para alcanzar los objetivos comunitarios previstos para el año 2020.



Fuente: ABC

viernes, 22 de febrero de 2013

Hacienda compensará a los funcionarios en abril por las retenciones de la extra



El Ministerio de Hacienda ha decidido compensar en abril a los funcionarios por las retenciones que sufrieron en sus nóminas de diciembre por la paga extra de navidad que no cobraron, según ha informado el departamento que dirige Cristóbal Montoro en un comunicado. El Ministerio ya había avanzado en a finales de 2012 su intención de reponer a los afectados este dinero.
Hacienda reconoce que en diciembre no se cambiaron "las normas reguladoras de las cotizaciones por derechos pasivos y cuotas de mutualidades de funcionarios", lo que provocó que las deducciones practicadas durante ese mes en las nóminas no tuvieron en cuenta la supresión de la extra.
La medida afecta a 582.000 funcionarios que posee la Administración Central, según el último boletín estadístico del Ministerio, aunque el CSI-F cifró en su día en 900.000 el número de afectados. Más difícil aún es saber el importe medio que les será devuelto a cada funcionario. Tomando como referencia el salario medio de 29.811 euros de los empleados públicos que ofrecía la última Encuesta Salarial del INE de 2010, el importe medio a devolver a cada funcionario sería de en torno a los 80 euros.
Para realizar la compensación, el real decreto por el que se modifica el régimen de tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, incluirá una disposición adicional mediante la cual, excepcionalmente, en el mes de abril de 2013, la cuantía mensual de la cuota de derechos pasivos y de la cotización a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, al Instituto Social de las Fuerzas Armadas y a la Mutualidad General Judicial, será más baja.
En el recibo de nómina correspondiente a dicho mes se consignará de forma expresa y separada la cantidad minorada.
El Gobierno acordó en el verano de 2012 suprimir la paga extra de Navidad para los funcionarios, aunque se encontró con la oposición de algunos gobierno regionales, que finalmente recularon ante la decisión del Tribunal Constitucional.


Fuente: El País

jueves, 21 de febrero de 2013

Por qué tenemos tanta corrupción


ANTONIO ARGANDOÑA, profesor de Economía

Del "Blog de Antonio Argandoña". ¿Por qué hay corrupción, tanta corrupción, entre nuestros políticos? La explicación más frecuente es que se trata de manzanas podridas en un cesto sano, y las medidas que se toman van dirigidas precisamente a identificar y aislar esos casos, exigiendo más investigación, mayor implicación de los jueces y castigos más duros –o, peor aún, recurriendo al “linchamiento” mediático y social de los presuntos culpables. Pero esto no funciona si el problema está no en las manzanas, sino en el cesto.


En nuestro país se han creado incentivos perversos, que tienden a corromper a los políticos y a los funcionarios, y a las empresas y particulares que se relacionan con ellos. Por ejemplo, el sistema de financiación de los partidos políticos vigente en España es incompatible con la cobertura clara, honesta y, sobre todo, suficiente de los costes de sus aparatos administrativos y de sus campañas. Y, claro, esto tiene que ver con otros problemas, como el sistema electoral que hace imposible la asunción de responsabilidades personales de los elegidos.

No conseguiremos erradicar la corrupción si no entramos a fondo en los entresijos de las relaciones de poder, político y económico. Además, nuestra sociedad es poco coherente cuando critica la corrupción pública y, al mismo tiempo, transige y aun fomenta y aplaude formas de corrupción privada, como el fraude en el seguro de desempleo o en las pensiones, la ocultación fiscal o la economía sumergida.

Bueno: a la vista de todo lo anterior, parece que la solución no es fácil. Y, realmente, no lo es. La dureza de la ley o los linchamientos mediáticos no van a eliminar los incentivos que la explican. Hay que entrar a fondo en la legislación, las instituciones y la cultura social y económica. Esto no lo pueden hacer unos cuantos: es conveniente, desde luego, que haya líderes (políticos, funcionarios, empresarios, académicos, del tercer sector, de los medios de comunicación…) que asuman un papel directivo en la lucha contra la corrupción, pero no basta. Hace falta la colaboración de muchos (de todos los ciudadanos), no tanto denunciando a las manzanas podridas, como ayudando a depurar el cesto.

Fuente: El País 

miércoles, 20 de febrero de 2013

Los autónomos no pagarán el IVA hasta que no cobren las facturas desde 2014


El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha anunciado que a partir de enero de 2014 los autónomos y las pymes con un volumen de negocio de menos 2 millones de euros al año no tendrán que pagar el IVA hasta que hayan cobrado las facturas a las que corresponda el pago del impuesto.
Rajoy ha realizado este avance durante su primer debate del Estado de la Nación en el Congreso y ha cumplido así con una de las principales peticiones que le han hecho las asociaciones de autónomos y las pymes desde que se inició la crisis. En diciembre de 2011, Rajoy ya anunció la medida aunque no puso una fecha concreta de inicio.
El colectivo de autónomos ha reivindicado en múltiples ocasiones que puedan posponer el pago del IVA hasta que no cobren las facturas pendientes y el presidente de la Federación de Autónomos ATA, Lorenzo Amor, reiteró esta semana que dicha medida facilitaría bastante liquidez al tejido empresarial.
El presidente del Gobierno ha dicho que esta nueva medida se enmarca dentro de "una segunda generación de reformas" que ha adoptado el Gobierno.
Rajoy ha aseverado que en el próximo ejercicio fiscal, es decir, desde enero de 2014 existirá un régimen especial en el IVA que evitará que se tenga que ingresar este impuesto hasta que no se haya cobrado una factura, con lo que beneficiará a los pequeños empresarios y a los autónomos.
Ha añadido que la situación de crisis que se encontró el Ejecutivo al llegar al Gobierno "impuso un doloroso preámbulo antes de poder abordar los compromisos electorales", aunque ha asegurado que "en la medida que las circunstancias lo vayan permitiendo, el Gobierno irá haciendo honor a su palabra".



Fuente: El Mundo

lunes, 18 de febrero de 2013

Aún existen paraísos fiscales

Se calcula que medio centenar de territorios ocultan entre 17 y 26 billones de dinero negro. España pone medios para descubrirlos

Los paraísos fiscales, que en teoría habrían desaparecido en base a la lista ya suprimida de la OCDE, están de actualidad en la práctica en lo que en relación con nuestro país se refiere. El escándalo por las actividades del extesorero del PP Luis Bárcenas, a quien se ha descubierto una cuenta de 22 millones de euros en Suiza y otra de importe no determinado en las Islas Bermudas ha colocado en primera página de los periódicos el problema de la opacidad del capital depositado en el extranjero. Por otro lado, antes de que estallara el caso Bárcenas, el Gobierno ya había anunciado que entre las nuevas medidas contra el fraude fiscal se incluiría la obligación para los españoles de identificar cuentas en el extranjero antes del 30 de abril.
Un territorio puede considerarse como paraíso fiscal cuando carece de controles sobre el sistema impositivo en relación al capital depositado allí por extranjeros. El régimen tributario de estos estados favorece de forma adicional la evasión impositiva y se caracteriza por proteger el secreto bancario, no colaborar con los convenios fiscales internacionales y carecer de controles de cambio de divisas.

Para luchar contra su proliferación, la OCDE hizo pública una relación de lugares considerados como paraísos fiscales que se comprometió a eliminar si los allí señalados firmaban un documento de cooperación para cambiar la normativa. En la lista negra inicial se incluían los siguientes: Andorra, Anguila, Antigua y Barbuda, Aruba, Bahamas, Bahrein, Islas Bermudas, Belice, Islas Vírgenes británicas, Islas Caimán, Islas Cook, Costa Rica, Dominica, Filipinas, Gibraltar, Granada, Liberia, Liechtenstein, Malasia, Islas Marshall, Mónaco, Montserrat, Nauru, Antillas Holandesas, Nieu, Panamá, Samoa, San Marino, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y Granadinas, Turcos y Caicos, Uruguay y Vanuatu. En el informe también se incluían, pero definidos como «otros centros financieros» a Austria, Bélgica, Brunei, Chile, Guatemala, Luxemburgo, Singapur y Suiza.

Finanzas.com

domingo, 17 de febrero de 2013

Las 15 medidas urgentes del gobierno para atajar el paro juvenil


El plan de choque contra el paro juvenil ya tiene memoria económica. Hasta 2016 el Gobierno destinará casi 3.500 millones, casi mil cada año, a este programa, que estará cofinanciado por el Fondo Social Europeo. Como ya informó ABC, con el plan se pondrán en marcha cien medidas. Las quince primeras serán de choque con un plazo de aplicación de cuatro años:
1. Educación y formación. El plan ofertará programas de formación e inserción a los jóvenes menores de 30 años para que logren incorporarse al mercado laboral.
2. Estímulos para seguir estudiando. Programas con las comunidades autónomas para facilitar que aquellos jóvenes que no acabaron la ESO puedan hacerlo.
3. «Tarifa plana» de 50 euros. Se aplicará durante seis meses en las cotizaciones para quienes pongan en marcha iniciativas empresariales.
4. Rebaja de cuotas. Los hombres de hasta 30 años y las mujeres de hasta 35 que se inicien como autónomos tendrán una rebaja del 30% en sus cuotas durante los dos años.
5. Usar el paro para crear empleo. Los menores de 30 años que pongan en marcha un negocio podrán compatibilizar la nueva actividad con el cobro del paro durante seis meses.
6. Recuperar la prestación. Si en cinco años fracasa un negocio el emprendedor podrá recuperar su derecho a percibir la prestación por paro.
7. Más opciones para capitalizar el paro. Hasta ahora solo podían hacerlo los autónomos como personas físicas, no como sociedades, opción que ahora se abre.
8. Nueva línea ICO. El objetivo es mejorar el acceso de jóvenes y autónomos a la financiación. La cuantía está aún por determinar.
9. Certificados de profesionalidad. Los servicios públicos de empleo pondrán en marcha cursos para que los jóvenes menores de 30 años puedan obtener su certificado de profesionalidad.
10. Contratar mayores de 45 años. Los jóvenes menores de 30 años que contraten a un parado de larga duración mayor de 45 años estarán exentos del pago de cotizaciones a la Seguridad Social durante el primer año.
11. Portal único de empleo. Se incluirán todas las ofertas y recursos existentes para acceder al empleo, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia. Beneficiará a todos los trabajadores con independencia de su edad.
12. Tiempo parcial. Las empresas que contraten a un joven menor de 30 años a tiempo parcial y liguen ese contrato a formación no pagarán cuotas a la Seguridad Social si tienen menos de 250 trabajadores y el 75% si tienen en nómina más de 250 empleados.
13. Contrato para autónomos. Los jóvenes emprendedores que contraten a su primer trabajador de forma indefinida no tendrán que pagar cotizaciones durante el primer año. También disfrutarán de esta exención las empresas de hasta 9 empleados.
14. Primer empleo joven. La contratación del primer trabajador menor de 30 años tendrá un incentivo de 500 euros el primer año, cantidad que se eleva a 700 euros si mujer.
15. Contrato en prácticas. El primer contratado tendrá una reducción del 50% en las cotizaciones por contingencias comunes. Se elimina el tope de cinco años que fijaba la ley para contratar a estos jóvenes con este modelo una vez obtenido la titulación de estudios superiores.


Fuente:ABC

sábado, 16 de febrero de 2013

HASTA EL 30 DE ABRIL ¿Sobre qué bienes en el extranjero debe informar ahora a Hacienda?

Nunca un trámite con Hacienda había tenido tanto peligro como la Declaración de Bienes en el Extranjero, que los contribuyentes deben presentar antes del 30 de abril. Las sanciones, infracciones, intereses y multas pueden llevarse por delante una buena parte de sus activos. Tanto si no la presenta, como si lo hace con errores de calado. El problema de esta Declaración es la complejidad del modelo aprobado por el fisco para llevar a cabo la operación. Conozca los entresijos de un documento más que complejo.

Más de 50.000 euros por categoría
Uno de los aspectos que hay que tener en cuenta es quiénes están obligados a presentar la Declaración.«No va ligada a un impuesto específico, sino al criterio de residencia», explica Javier Flores, director de Interservicios. «La obligación de declarar recae sobre el residente en España, ya sea persona física o jurídica, que tenga sus bienes o derechos en el extranjero», puntualiza este economista.

La ley obliga a incluir los bienes cuyo valor supere los 50.000 euros, pero por categorías y no de forma conjunta entre todo su patrimonio. 
Es decir, a la hora de realizar los cálculos, «hay que tener en cuenta que cada grupo de activos es independiente y lo que Hacienda exige es que se presente el documento cuando, en cada una de ellas, se superen los 50.000 euros», explica Ainhoa de la Cuadra, miembro del Gabinete de Estudios de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf).

La valoración de esos bienes se calcula «con el saldo a 31 de diciembre de 2012 y la media del último trimestre del año», aclara Javier Flores. Además, este experto recuerda que, si a partir de este ejercicio el valor de esos bienes aumenta, por categoría, en 20.000 euros anuales, estará obligado a actualizar sus datos durante el año siguiente a ese cambio en sus valores.

¿Qué ocurre en los matrimonios?
No sólo deben presentar la Declaración los titulares de los bienes. También se incluyen las personas que ejerzan como autorizados, representantes, beneficiarios o cotitulares de algunos de esos activos. El valor de los bienes debe ser indicado en cada categoría, independientemente de que se trate de un bien ganancial o no. Cuando sea un activo que forme parte de un matrimonio, los titulares deben indicar cuál es el porcentaje que les corresponde en la propia Declaración.

Uno de los pocos bienes que se libran de aparecer en esta declaración son los planes de pensiones. Eso sí, hasta el momento en que se rescaten, ya sea en forma de capital o de renta periódica. Y cuando se trate de un inmueble, también deben incluirse las propiedades sobre las que se tenga derecho, aunque no se disfrute de ellas, como un inmueble en usufructo.

Cuidado con las sanciones
Si no se cumple cualquiera de estos requisitos, «habrá que estar preparado para asumir un importante coste», explica Ainhoa de la Cuadra. Esta fiscalista recuerda que por cada bien que no se declare, se aplicará una sanción de 5.000 euros, con un mínimo de 10.000 euros. Además, si el fisco descubre esa ganancia patrimonial no justificada, tributará en la base imponible general del Impuesto de la Renta (hasta el 56 por ciento). También se imputará esa renta al periodo impositivo más lejano de los no prescritos (esto es, cuatro años atrás), con intereses y recargos. Y para rematar, se aplicará una infracción del 150 por ciento sobre el importe de esa ganancia patrimonial no justificada.



Fuente: Finanzas.com

jueves, 14 de febrero de 2013

Andorra, el paraíso fiscal se reinventa

Año de nieves, año de bienes, dice el refrán. En Andorra, un país en el que el turismo, sobre todo invernal, es parte nuclear de la economía, el dicho ha sido dogma durante décadas. Sin embargo, al «paraíso de los Pirineos», cada vez más inserto en una economía globalizada, ya no le basta con la nieve. Durante muchos años, los andorranos, sobre la mitad de sus casi 80.000 residentes, se sintieron unos privilegiados: un entorno natural asombroso, una fiscalidad inimaginable a este lado de la frontera y una alta renta per cápita, alimentada por los miles y miles de españoles y franceses que se dejaban tentar por sus magníficas instalaciones de esquí y sus comercios de precios imbatibles.

El paraíso, sin embargo, no era perfecto, y Andorra vio como no era ajena a la crisis económica mundial y a la española en particular. Tuvieron su burbuja, y posterior pinchazo, inmobiliario, y todos los sectores económicos han sido golpeados con más o menos dureza: en 2011 el PIB cayó un 1% y 2012 se cerrará con un descenso similar. «En el fondo, nuestro modelo económico no es tan distinto al español, aunque el sector financiero ha aguantado mejor, y el turismo y el comercio, nuestros principales pilares, han sufrido menos», señala en declaraciones a ABC Francesc Camp, ministro de Turismo andorrano.

Ya hace años que el gobierno del país vecino entendió que había que tomar medidas. La más urgente, y obligados por las circunstancias de la crisis mundial, el acuerdo por el cual desde 2011 Andorra está fuera de la lista negra de los paraísos fiscales que elabora la OCDE; la siguiente, una nueva e inédita fiscalidad y, más tarde, desde 2012, la nueva ley de Inversiones Extranjeras, que pretende la diversificación de su economía y la atracción de inversión foránea.

Esta ultima medida, que amplía la tímida apertura iniciada en 2008, no es un cambio menor en un país hasta ahora prácticamente vetado a las empresas y profesionales de fuera. Así, por ejemplo, se levanta la limitación a las empresas con más del 50% de capital extranjero, o se liberaliza el ejercicio de los profesionales liberales para los no nacionales, con el único requisito de la residencia en el país.

Adiós al «prestanoms»

La medida, además de atraer inversión y talento extranjero, acabará también con una figura típicamente andorrana, la del «prestanoms» (prestanombres), como en ese país se conoce a los testaferros con que se ha sorteado durante años la restricción a la inversión foránea. «El balance es positivo», señala el ministro Camp, que explica en el último año se han aprobado 122 proyectos de inversión, sobre todo en los servicios y el comercio, por un total de 18 millones de euros.

En Andorra se es moderadamente optimista con respecto a 2013, y decisiones que se toman en Francia o en España no les son ajenas. «La subida del IVA en España aplicada en septiembre, por ejemplo, ha tenido un impacto muy positivo en nuestro comercio», reconoce Camp. Andorra, más que nunca, vuelve a levantar el tentador gancho del diferencial de precios.

Nieve, turismo, comercio... y algo más. Andorra confía en que su pequeño país es ahora más que nunca atractivo para el inversor, con un impuesto de sociedades de apenas el 10% y un IGI (el IVA español) del 4,5%.


Fuente: ABC

miércoles, 13 de febrero de 2013

¿Cómo descubre Hacienda el dinero negro?



La discrepancia entre los datos declarados y los que llegan al fisco por otras vías le sirve a Hacienda para indagar dónde hay dinero negro. La Agencia Tributaria pondrá este año la lupa en los acogidos a la amnistía.




La pregunta que se hacen todos los años algunos contribuyentes cuando presentan su Declaración es la misma: «¿Me harán una paralela?». La reflexión sobre el futuro de esa liquidación también: «No tienen por qué pillarme». Por el simple hecho de presentar la Declaración de la Renta, Hacienda no puede determinar si un contribuyente juega con su dinero en «B», en negro o ilícito. Pero este documento sí ofrece alguna de las claves para rastrear dónde se encuentran esas cantidades no declaradas. Éstas son las estrategias que sigue el fisco para buscar, enfocar y determinar dónde hay dinero oculto a la Administración.

Los expertos fiscales coinciden en señalar que, en principio, una Declaración de Renta o Patrimonio no sirve para justificar que ese contribuyente no tiene dinero negro. «Este tipo de liquidaciones pueden convertirse en un punto de referencia para una investigación posterior, pero lo que se pueda tener en «B» no está claro ni se determina en este documento», explica José María Mollinedo, secretario general del Sindicato de Técnicos de Hacienda (GESTHA). 


La Agencia Tributaria se vale de las incoherencias, las discrepancias y la falta de coordinación que, casi siempre involuntariamente, muestran los contribuyentes en sus diferentes relaciones con la Administración, ya sea la tributaria u otras. El temido cruce de datos es lo que realmente ofrece pistas significativas a los inspectores.



Cruzan los datos
Hacienda recurre a los datos internos del contribuyente, que dispone a través sus bases. Es decir, de las cifras reflejadas en las diferentes liquidaciones que presentan los ciudadanos (IRPF, IVA y Sociedades, pero también otros tributos como el de Matriculación, Sucesiones, etc.). Con todos estos datos sobre la mesa, «se casan diferentes tributos, como IRPF e IVA, y se comprueba si aparecen muchas diferencias», explica Ransés Pérez Boga, presidente de la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE).


Un dato que se casa es el de la contabilidad de un negocio que haya presentado en el Registro Mercantil. De este modo, se comprueban las ventas realizadas y se exigen las correspondientes facturas, si no concuerdan los datos con la liquidación del IVA. «Esta es la fuente de datos más importante con la que cuenta Hacienda», reconoce Ransés Pérez Boga. El fisco también se vale de datos externos que pueden aportar pistas. Se trata de las ventas o las compras que se les haya imputado a un empresario por parte de terceros. 

En cualquier caso, una discrepancia entre la Administración y un contribuyente «no tiene por qué implicar un fraude fiscal», recuerda Antonio Durán-Sindreu, presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF). «Aunque los datos que declare un ciudadano no coincidan con los que tenga Hacienda, no habrá problemas siempre que ese contribuyente pueda explicar de dónde surge esta discrepancia», explica Durán-Sindreu.


Nivel de vida sin justificación
No puede descuadrar el nivel de vida de una persona con sus liquidaciones tributarias. Las alarmas del fisco también se encendían cuando determinados empresarios declaraban hipotecas muy elevadas, «pero no tenían los ingresos suficientes como para cubrirlas», indica Mollinedo.
Y otra fuente de información llega a Hacienda a través de las entidades financieras. El rastro de un contribuyente defraudador puede encontrarse en algún producto bancario. Por eso, la Agencia Tributaria puede solicitar los movimientos de una cuenta sospechosa.


Además de ese tipo de rastreos, Hacienda elabora todos los años los planes de control tributario, en los que se marca cuáles deben ser las actuaciones prioritarias de los inspectores.Aunque el de 2013 aún no ha sido publicado, los miembros de IHE han solicitado a la Administración que una de las líneas prioritarias a seguir sea la comprobación y seguimiento de los contribuyentes que se hayan acogido a la amnistía fiscal. No de todos, pero sí de los que representen un mayor perfil de riesgo defraudador
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Fuente: Finanzas.com

martes, 12 de febrero de 2013

El Gobierno suprime el límite para los embargos de la Seguridad Social


A partir del 1 de marzo de 2013 desaparece el límite que la Seguridad Social tiene para embargar por medios telemáticos las cuentas abiertas en entidades de depósito. Según publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE), la resolución se adopta "en aras de una mayor eficacia de la gestión recaudatoria ejecutiva" de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Actualmente, el tope máximo que tiene la Seguridad Social para embargar de una cuenta es de 6.000 euros, incluidos recargos, según la resolución de julio de 2001, que ahora cambia a partir de marzo. En el texto de la resolución de 4 de febrero de 2013 se establece además que la gerencia de informática de la Seguridad Social generará y transmitirá un fichero a cada de las entidades de depósito en el que se identificarán los deudores de los que requiere información.
Este fichero lo deberá transmitir con una periodicidad que no podrá ser inferior a los 20 días naturales. Asimismo, el resultado de las actuaciones practicadas será transmitido a la citada gerencia en el plazo máximo de dos días hábiles a contar desde el que se efectuó la retención.


Fuente: El país

lunes, 11 de febrero de 2013

SEGÚN 'THE ECONOMIST' Las innovaciones más impactantes que conmocionarán la economía en 2050



Las décadas venideras vivirán la mayor revolución en el universo de la fabricación desde la llegada de la producción en serie. Es un proceso de destrucción creativa que conmocionará la economía mundial. Conoce las tendencias que impactarán la economía mun

Según muchas previsiones, existen importantes probabilidades de que el mundo en 2050 sea más rico, más eficiente y mejor organizado. Pero no será un camino fácil. De entrada, habrá que alimentar a 9.000 millones de personas, que además estarán hiperconectadas, vivirán más y demandarán mejores bienes y servicios. Pero en contra de todas las profecías oscuras, no tiene por qué ser un mal lugar para vivir. Y desde el punto de vista empresarial, desde luego que experimentaremos un gran cambio. Las décadas venideras vivirán la mayor revolución en el universo de la fabricación desde la llegada de la producción en serie. Es un proceso de destrucción creativa que conmocionará la economía mundial. 
Así lo recoge la obra 'El mundo en 2050', un compendio de todas las tendencias que cambiarán el planeta, escrito por los expertos de 'The Economist' y que acaba de publicar la editorial Gestión 2000. La obra hace un repaso extenso sobre distintas áreas como la cultura, la política o la demografía. Y en lo referente a economía, la noticia es que se nos avecina un auténtico maremoto de cambios radicales. Adrigan Wooldrige, uno de los autores, compara este proceso de transformación con lo que el economista Schumpeter denominó "destrucción creativa". En esencia, es un vendaval que barre continuamente las viejas maneras de hacer las cosas para sustituirlas por otras nuevas. Un resorte que mueven los emprendedores, cuyas innovaciones mandan continúas oleadas de convulsión a la economía. 
Explica este analista que son tres las innovaciones que conmocionarán la economía mundial. En primer lugar, la 'Internet de las cosas', que permitirá que personas y objetos se comuniquen a través de millones de sensores incorporados en los objetos físicos. Las neveras harán pedidos de alimentos, las copas de vinos nos avisarán de que ya hemos bebido bastante, los envases de los medicamentos nos aconsejarán cómo tomarlos, etc. En segundo lugar, los robots se ocuparán de las tareas que rechazan los humanos, desde la limpieza de las plantas nucleares a las labores del hogar. En cuestión de una década, "podrán adquirirse robots para personas mayores o discapacitadas por menos de diez mil dólares". Y finalmente, los robots tendrán primos, en forma de secretarios electrónicos, que organizarán el torrente de información que caiga sobre nosotros. 
Este maremoto de cambios se extenderá tanto por el sector público como por el privado. Puesto que los gobiernos "intentarán obtener más rendimiento del dinero de sus contribuyentes", quienes a su vez exigirán al estado la misma calidad de servicios que ofrecen los proveedores privados. Las escuelas utilizarán de forma rutinaria los ordenadores para ofrecer la instrucción más básica, lo que dará a los maestros más tiempo para dedicarse individualmente a sus alumnos; los médicos controlarán a sus pacientes a través de Internet y les pedirán que pasen por consulta en cuanto algo vaya mal. Las universidades permitirán conectarse a un banco de conferenciantes estrella y de cursos de última generación. De alguna forma, la presión de los gobiernos para mejorar la productividad del sector público se volverá "irresistible". 
La eclosión del mundo emergente
En este contexto, el mundo emergente se convertirá en una auténtica explosión de innovación. Apunta Wooldrige que la compañías del mundo rico trasladarán cada vez más actividades al mundo emergente con el fin de explotar a los cerebros locales y acercar sus fábricas a los mercados en crecimiento. El resultado será que las economías emergentes producirán cada vez más cantidad de innovaciones punteras. Por ejemplo, China está convirtiéndose en líder mundial de la 'Internet de las cosas', incorporado sensores a productos manufacturados. O Kenia, que lidera el mundo en lo que al dinero móvil se refiere (uso de móviles para realizar pagos). 
Además, el mundo emergente llevará la voz cantante en lo que el experto denomina como "innovación frugal", dominada por el deseo de recortar el coste de los productos pero no de una forma gradual -por ejemplo, un 10%- sino radical, en un 90%. Ya hemos visto del coche de 2.200 dólares de Tata, el elctrocardiógrafo de 400 dólares de General Electric o la nevera de 70 dólares de Godrej & Boyces. Y se acercan cosas mucho más grandes. Desde una casa de 300 dólares que revolucionará la vida en los barrios pobres hasta alimentos baratos modificados genéticamente. Estas innovaciones "cambiarán la vida tanto en el mundo rico como en el pobre". Tanto es así que los países emergentes producirán tal oleada de productos que forzarán a las empresas del mundo rico a reducir sus costes, producir más o simplemente salir del negocio. Y cada vez lo harán en más frentes. 
En el mundo laboral, Wooldrige habla de la feminización de la población activa, la extensión del trabajo flexible y el aumento de la esperanza de vida. Las carreras profesionales tradicionales no desaparecerán por completo, pero serán mucho más complicadas. Las empresas se verán rodeadas de una "inmensa penumbra" de trabajadores con contrato parcial que podrían perfectamente vender su trabajo a diversos empleadores. Y la interrupciones laborales entre los hombres se harán más comunes, con periodos sabáticos y similares.
 


Fuente: Finanzas.com

domingo, 10 de febrero de 2013

Hacienda denunció en 2012 más de 2.800 delitos por contrabando y blanqueo


Hacienda denunció en 2012 más de 2.800 delitos por contrabando y blanqueo

La directora de Aduanas e Impuestos Especiales de la AEAT, Pilar Jurado, ha explicado hoy que a lo largo de 2012 se incautaron bienes por un valor superior a los 531 millones de euros, un 65,8 % más que un año antes. Dicha cifra incluye la valoración de los productos de contrabando incautados (excepto estupefacientes), así como inmuebles, cuentas, saldos embargados y otros bienes intervenidos en el marco de las actuaciones desarrolladas por Aduanas para luchar contra el contrabando, el blanqueo y el fraude fiscal.
Por lo que se refiere al fraude fiscal y blanqueo de capitales, la AEAT ha denunciado 102 presuntos delitos por un importe de 237 y ha intervenido bienes por valor de 137,5 millones. Fruto de 600 operaciones desarrolladas en 2012 se ha logrado identificar fraude fiscal por importe de 251,7 millones de euros, diez veces más que el año anterior, con la denuncia de 27 presuntos delitos fiscales, todo ello sin aumento de personal, ha recordado Jurado.
En esta función de control se ha detectado una creciente utilización de entramados de sociedades para la realización de fraude relacionado con el comercio exterior de mercancías y movimiento de productos objeto de los impuestos especiales. El ejercicio se ha caracterizado en lo que se refiere a la represión del fraude aduanero por un incremento en el número de aprehensiones de cigarrillos con destino al mercado peninsular, así como denuncias por delitos económicos.
También se ha producido un sensible aumento del valor de los productos falsificados intervenidos y, en paralelo, un descenso de las cantidades aprehendidas de estupefacientes, en especial cocaína. La creciente implantación en España del tabaco genuino (sin marca) debido a su bajo precio ha llevado a la Agencia Tributaria a situar el control de su tráfico ilegal entre sus prioridades de 2012, lo que ha supuesto un incremento del 28,7 % de las aprehensiones, hasta las 7,5 millones de cajetillas incautadas. Sumado al tabaco falso, se ha logrado evitar la introducción de 8,7 millones de cajetillas.
El mayor consumo de tabaco de liar, también vinculado a la crisis económica, ha llevado a la aprehensión de más de 41.600 kilos de picadura de liar, 6,5 veces más que en 2011.
La labor represora del contrabando de tabaco ha permitido evitar un fraude en derechos de aduanas, IVA e impuestos especiales de más de 28 millones de euros, ha provocado la detención de 158 personas y la denuncia de 82 presuntos delitos de contrabando. Sin embargo se ha producido una desviación hacia otros países de la Unión Europea los flujos de entrada de estupefacientes, con incautaciones de 6.900 kilos de cocaína y 109.500 de hachís, ocultados en elementos como bobinas de papel, o barcos de recreo, ha explicado Jurado.
También se ha referido a la incautación de 24.700 unidades de otros estupefacientes (anfetamina, ayahuasca, éxtasis, metanfetamina...) que en su adquisición por internet suelen transportarse por paquetería normal. En estos casos, ha añadido, se pide autorización para estar físicamente en el domicilio de entrega, para no solo aprehender la droga, sino saber quien esta detrás de su distribución. También se han intervenido en 2012 armas de fuego, y se ha evitado el comercio de especies protegidas.



Fuente: Cinco días 

sábado, 9 de febrero de 2013

En la cúpula, ¿dos mejor que uno?



Una gestión compartida. La tendencia, impuesta por la actual coyuntura económica, hace que el liderazgo en las empresas ya no sea cosa de uno, sino de dos. Del presidente y del consejero delegado. Mano a mano.
Parece que ya ha pasado el tiempo del presidente de compañía con un liderazgo carismático y todopoderoso. Es el momento, sobre todo cuando la agenda la marcan los grandes fondos internacionales, de compartir responsabilidades. Uno de filósofos de la gestión del siglo XX, el austriaco Peter Drucker, ya sostenía que la mayoría de los problemas que se originan en una organización tiene que ver con la idea de que la dirección general debe recaer en la figura de una sola persona.
En España, los últimos movimientos corporativos van en esa misma línea, en la del reparto de papeles en la gestión. O lo que es lo mismo: recuperar la figura del consejero delegado o director general, que acompañe en el viaje al presidente de la organización. Este se dedicará a la estrategia a medio y largo plazo de la compañía, y el segundo de abordo se ocupará del día a día de la gestión. El Banco Popular acaba de nombrar a un consejero delegado, Francisco Gómez, que trabajará mano a mano con el presidente de la entidad financiera, Ángel Ron. En FCC se estrenan Esther Alcocer como presidenta y Juan Béjar como consejero delegado y vicepresidente ejecutivo del grupo.
No son los únicos casos que han optado por el reparto de responsabilidades. El pasado mes de noviembre, el consejo de administración de BME Bolsas y Mercados Españoles acordó nombrar director general a Javier Hernani. Hasta entonces nunca había existido un número dos como tal. La única cabeza visible del holding gestor de los mercados españoles era Antonio Zoido, el presidente.
Dos meses antes, en septiembre, en Enagás también se creó la figura del consejero delegado, que confió en Marcelino Oreja Arburua para ocupar este cargo, en virtud al compromiso adquirido con los inversores internacionales de adaptarse a las recomendaciones de buen gobierno. En la presidencia se mantiene Antonio Llardén, Oreja Arburua se ocupa de la operativa diaria de la compañía. Por las mismas fechas, en Telefónica, presidida por César Alierta, también hubo cambios en la cúpula y, aunque el cargo ya estaba creado, se reforzó este puesto con el nombramiento, en sustitución de Julio Linares, de José María Álvarez-Pallete, gran conocedor de los negocios de la operadora en Latinoamérica y en Europa, que cuenta además con un perfil financiero, al igual que el de Javier Hernani en BME Mercados y Valores, donde ocupaba el puesto de director financiero.
En 2012 también fue el año en el que Iberdrola eligió un compañero de viaje para el presidente Ignacio Sánchez-Galán y aprobó el nombramiento de José Luis San Pedro como consejero-director general.
Toda esta corriente no es nueva pero viene cada vez más impuesta ante la creciente demanda de los mercados financieros. "Se trata de repartir el poder y de separar la gestión del día a día de la representación de la compañía, y de la relación con los accionistas y los inversores", afirma el profesor de dirección general y de estrategia de Esade, Luis Vives, que sostiene que los tándem son una buena opción siempre y cuando el "dúo esté bien engrasado, bien coordinado". Asegura que es necesario que exista un pleno entendimiento, sin mensajes contradictorios.
A favor de los tándem también se coloca Manuel Escudero, director general de Deusto Business School, quien recuerda que "es una de las recomendaciones clásicas del buen gobierno, y es conveniente porque supone separar las funciones entre los que se dedican a la supervisión y quienes se dedican a la ejecución". Añade que en Estados Unidos es una de las recomendaciones que más se sigue y "se está convirtiendo poco a poco en una tendencia dominante".
El socio director de la firma especializada en búsqueda y valoración de directivos Alemany & Partners, Carlos Alemany, no cree en el reparto de poder como tampoco considera que la estrategia de una compañía sea delegable, y afirma que el contrapoder debería recaer en la independencia del consejo de administración. "La estrategia debería dictarla este órgano de gobierno, eso es lo que piden los fondos anglosajones, consejos de administración que sean independientes y que funcionen bien", agrega Alemany, que solo justifica las parejas ejecutivas en caso de que esté en juego la sustitución del primer ejecutivo. "Si es porque va a haber un relevo entonces si se puede justificar, sino no", advierte.
Y aconseja a aquellos que han optado por esta opción que ambas figuras estén coordinadas, "que pedaleen juntos, aunque es muy difícil que no surjan rivalidades y suele acabar mal", sostiene este experto en analizar los perfiles que demandan las empresas para puestos de relevancia. "Solo funciona cuando se sabe que uno de ellos se va a ir".
E insiste en la necesidad de que el funcionamiento de los consejos de administración sean ejemplares, esto es, que las distintas comisiones, como auditoría o riesgos, sean independientes de carácter. "Los fondos son muy críticos con los consejos de administración, y piden que los presidentes de las distintas comisiones sean verdaderamente independientes", remata Alemany.
A los fondos internacionales también se refiere el profesor de Esade cuando dice que "cada vez exigen tener a alguien, en este caso al primer ejecutivo, a su disposición para aclarar cualquier duda". En opinión de Luis Vives este modelo de liderazgo anglosajón es positivo. "Con las dos figuras se obtiene un doble sello, desde el punto de vista de la gestión y del control", señala.
Y dibuja al presidente como una "persona importante en gobierno corporativo y en las relaciones con los inversores, los medios y los grupos de interés", y al consejero delegado como un "experto en control y finanzas porque se ocupa de la gestión diaria y debe velar para que la estrategia se cumpla".


Fuente: Cinco días

viernes, 8 de febrero de 2013

Habrá regulación y contratos por escrito entre las distintas partes que conforman la cadena alimentaria en España


Habrá regulación y contratos por escrito entre las distintas partes que conforman la cadena alimentaria en España

Vía libre a la ley de la cadena alimentaria que reduce desequilibrios entre productores y distribuidoresEl Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Proyecto de Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, cuyo objetivo es aumentar la eficacia y competitividad del sector agroalimentario español yreducir el desequilibrio en las relaciones comerciales entre los diferentes operadores de la cadena de valor. Todo ello, en el marco de una competencia justa que redunde en beneficio del sector y los consumidores.
Para el cumplimiento de ese objetivo, el proyecto se basa en un modelo mixto de regulación y autorregulación de las relaciones comerciales entre los agentes de la cadena alimentaria. En la primera parte, la regulación, se contemplan dos elementos fundamentales: los contratos alimentarios y las prácticas comerciales abusivas, que son de obligado cumplimiento para las relaciones comerciales de todos los operadores, desde la producción hasta la distribución.
En relación con los contratos alimentarios que se suscriban entre los operadores de la cadena alimentaria, y para garantizar la seguridad jurídica y la equidad en las relaciones comerciales, la novedad más significativa es la obligación de formalizarlos por escrito en determinadas casos, dependiendo del importe y de la situación de desequilibrio.
Esta obligación afecta a las relaciones comerciales de los operadores que realicen transacciones comerciales, continuadas o periódicas, cuyo precio sea superior a 2.500 euros. No obstante, cuando el pago se realice al contado, no será necesario suscribir un contrato, teniendo las partes la obligación de identificarse como operadores y documentar dichas relaciones comerciales mediante la correspondiente factura.
Por último, se regulan las subastas electrónicas y la obligación de conservación de documentos que los operadores deben mantener durante un período de dos años.
El Proyecto de Ley prohíbe las modificaciones de las condiciones contractuales establecidas en el contrato, salvo que se realicen por mutuo acuerdo de las partes. Respecto a los pagos comerciales, se prohíben todos los pagos adicionales más allá del precio pactado, salvo en dos supuestos específicos y bajo condiciones restrictivas.
En relación con la información comercial sensible, no se podrá exigir a otro operador información sobre sus productos más allá de la que resulte justificada en el contexto de su relación comercial. Además, la información obtenida sólo podrá destinarse a los fines para los que fue facilitada, respetándose la confidencialidad de la información.
Sobre gestión de marcas, se establece la obligación de los operadores de gestionar las marcas de productos alimentarios que ofrezcan al consumidor, tanto las propias como de otros operadores, evitando prácticas contrarias a la libre competencia o que constituyan actos de competencia desleal.
Finalmente, se prohíbe el aprovechamiento indebido por parte de un operador y en beneficio propio de la iniciativa empresarial ajena, así como las que constituyan publicidad ilícita o desleal mediante la utilización, ya sea en los envases, en la presentación o en la publicidad del producto o servicio de cualesquiera elementos distintivos que provoquen riesgo de asociación o confusión con los de otro operador o con marcas o nombres comerciales de otro operador.
La autorregulación de las relaciones comerciales se centra en el establecimiento de un Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la contratación alimentaria, que impulsarían el Ministerio y las organizaciones y asociaciones representativas de la producción, la industria o la distribución, cuya adhesión es voluntaria por parte de los operadores de la cadena.
El Ministerio de Economía y Competitividad y las Comunidades Autónomas, participarán, también, en el acuerdo con el fin de promover un código de aplicación uniforme en todo el territorio español.




Fuente : ABC