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Desde este blog queremos informar y discutir sobre la actualidad de las empresas así como novedades en temas fiscales, laborales y contables que consideramos de interes



miércoles, 9 de enero de 2019

¿Cómo se pagan impuestos en los países de nuestro entorno?

En general los sistemas impositivos de los países desarrollados comparten muchas similitudes, como el concepto de residencia fiscal, tarifas progresivas, deducciones de acuerdo a circunstancias personales y familiares, sistema de retenciones o pagos a cuenta, obligación de presentar declaración, etc.
No obstante, hay países que presentan ciertas peculiaridades respecto al sistema impositivo español. Por ejemplo en Reino Unido el ejercicio fiscal no es el año natural, sino que va del 6 de abril al 5 de abril del año siguiente (el año fiscal de otros países como Australia, Sudáfrica, Hong Kong, India, etc. tampoco coincide con el año calendario).
Dinamarca, Bélgica y España son los países en Europa en los que la factura fiscal personal es mayor. Si incluimos las cotizaciones a la Seguridad Social, Francia también se une.
En el caso de Francia, los residentes fiscales no deben pagar retenciones o pagos a cuenta periódicos como ocurre en España, sino que se paga la cuota tributaria resultante de la declaración en uno o varios plazos. No obstante este sistema cambiará a partir de 2019, cuando se prevé que se implante un régimen de retenciones.
En otros países como Alemania o Suiza no rige el sistema de autoliquidación, sino que es la Administración Tributaria del país quien liquida con posterioridad la cuota tributaria una vez el contribuyente declara los rendimientos obtenidos, y que comunica al contribuyente a través del tax assessment.
Varios países europeos recogen en su normativa regímenes especiales para expatriados. Así, en España tenemos el Régimen Especial de Tributación por el IRNR, también llamado Ley Beckham, que permite a los contribuyentes que adquieran su residencia fiscal en España tributar como no residentes fiscales, al 24% fijo sobre rentas del trabajo, por un período de hasta 6 años. En Bélgica y Francia también existe un régimen especial para expatriados, que permite exceptuar de gravamen los complementos retributivos asociados al desplazamiento. En Portugal rige un régimen especial para expatriados similar al español, “régimen de residentes no habituales”, que permite tributar a una tasa fija inferior a la de los residentes fiscales en Portugal. En Reino Unido los expatriados podrán exceptuar de gravamen los complementos retributivos con ocasión de la expatriación (alojamiento, dietas, transporte, etc.) además de los rendimientos obtenidos por trabajos fuera del Reino Unido.
Fuente diario ABC : Iván Sáez Fuertes, Director del departamento People Advisory Services de EY

miércoles, 2 de enero de 2019

Pensiones, cotizaciones y salario mínimo: todas las novedades que trae 2019 para el bolsillo


El último Consejo de Ministros del año celebrado este viernes ha sido uno de esos denominados escoba por las numerosas medidas aprobadas a través de varios Reales Decretos-Leyes que sobre distintas materias que van desde cuestiones que afectan a la Seguridad Social, los autónomos, la fiscalidad del sector de la cultura, o los subsidios a desempleados entre otros muchos asuntos.



Junto a lo aprobado este viernes, el año 2019 viene cargado de otras novedades que también afectarán al bolsillo de ciudadanos y empresas. Los contribuyentes con menos ingresos verán como se eleva el mínimo exento de ingresos por debajo del cual no es necesario pagar IRPF en la declaración de la renta. Además, las prestaciones por maternidad y paternidad han quedado exentas de tributar por IRPF para todos, incluidos los empleados públicos.



Unos 2,5 millones de trabajadores se beneficiarán directa o indirectamente de una fuerte subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que pasa de 735,90 a 900 euros al mes en 14 pagas. Esto supone un 22,3% más de un año para otro, el mayor incremento de la historia de esta renta mínima.



Los funcionarios verán cómo sus sueldos se elevan un 2,5% ampliable a otro 0,25%, mientras que las pensiones contributivas se revalorizarán un 1,6% y las mínimas y asistenciales lo harán en un 3%.



El incremento de las pensiones afectará a 10,3 millones de prestaciones contributivas y asistenciales y tendrá un coste de 2.591,65 millones de euros, según informó este viernes el Ministerio de Trabajo.



Para sufragar este mayor gasto, el departamento que dirige Magdalena Valerio ha decidido llevar a cabo un fuerte aumento de las bases de cotización que abonan los empresarios en su mayor parte y, en menor medida, los trabajadores. En concreto, las bases mínimas de cotización se elevan un 22,3%, en igual cuantía que lo hace el salario mínimo, hasta los 1.050 euros mensuales (en 12 pagas). Mientras que las bases máximas, de los que más ganan, subirán un 7% hasta los 4.070,10 euros. Con ambos incrementos la Seguridad Social pretende ingresar unos 2.000 millones extra, con lo que aún no sería suficiente para costear el alza de las pensiones.



También el colectivo de los autónomos pagará más a la Seguridad Social. Su cuota mínima mensual se eleva cinco euros hasta 283 euros al mes, y obtendrán varias mejoras de las prestaciones.



A cambio de este incremento, los autónomos cotizarán por todas las contingencias y obtendrán mejoras de prestaciones como el cobro durante el doble de tiempo de la prestación por cese de actividad, entre otras. La tarifa plana que pagan los nuevos autónomos y aquellos que no han estado en el RETA durante un año pasa de 50 a 60 euros mensuales. Esta tarifa se extiende a los autónomos agrarios.



En vivienda, los nuevos contratos de alquiler que se firmen tendrán ya una duración de cinco años, ampliables a siete. Y la tarifa de último recurso (TUR) del gas natural bajará un 4,6% de media. También en materia de vivienda, los propietarios notarán una bajada media del impuesto de bienes inmuebles (IBI) del 1,92% a partir del 1 de enero de 2019. Si bien esto será un promedio fruto de la aplicación de coeficientes de actualización de valores catastrales a 1.179 municipios, en los que se aplicarán subidas de hasta el 5% y bajadas de hasta el 2%.



El Gobierno mantendrá también el subsidio extraordinario por desempleo hasta que elaboren un nuevo modelo de atención asistencial a los parados. Además de todas estas medidas, estas otras también afectarán al bolsillo de los españoles:



Autónomos



La normativa aprobada hoy recoge legalmente el acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Trabajo y las asociaciones de los trabajadores autónomos. Este pacto incluye un incremento de las bases mínimas de cotización a la Seguridad Social del colectivo del 1,25% para 2019 y un aumento del tipo de cotización al 30%. Esto eleva la cuota mínima mensual que abonan ocho de cada diez autónomos en cinco euros, desde los 278 euros a los 283.



A cambio de este incremento, los autónomos estarán obligados a cotizar por todas las contingencias (enfermedad común y profesional; cese de actividad; y formación) y obtendrán mejoras de prestaciones como el cobro durante el doble de tiempo de la prestación por cese de actividad, o la exoneración de pagar la cuota mensual a partir del día 61 de baja médica.



La tarifa plana que pagan los nuevos autónomos y aquellos que no han estado en el RETA durante un año pasa de 50 a 60 euros mensuales. Esta tarifa reducida se extiende a los autónomos del sistema agrario y a las autónomas que hayan sido madres, que podrán optar a ella durante 12 meses dentro de los 24 meses posteriores a la prestación por baja de maternidad. 



Además, en materia fiscal, los límites de facturación delimitada en la tributación por módulos en el IRPF han quedado prorrogados para 2019. La legislación preveía que este año se redujeran los umbrales a partir de los cuales un autónomo no puede tributar por el método de estimación objetiva. El Real Decreto-ley modifica esta situación y mantiene inalterables los límites de exclusión. Así, los trabajadores por cuenta propia no podrán tributar por el método de estimación objetiva cuando el conjunto de sus actividades supere los 250.000 euros o cuando la facturación a otros empresarios o profesionales sobrepase los 125.000 euros.



Sueldo de los empleados públicos



El sueldo de más de 2,5 millones de funcionarios se revalorizará un 2,25% en 2019 con la posibilidad de que se den incrementos del 0,25% adicional en función del PIB –si crece más de un 2,5% en 2019– y otro 0,25% que dependerá de cada administración. Es una medida que ya fue pactada por el Gobierno de Mariano Rajoy con los sindicatos y que Pedro Sánchez ha dado luz verde por decreto ley para evitar la incertidumbre ante una posible prórroga presupuestaria. Además, los funcionarios de la Administración General del Estado (AGE) tendrán a su disposición una bolsa con hasta un 5% de su jornada laboral anual de libre disposición y acumulables entre sí para el cuidado y atención de sus hijos menores, personas mayores y personas con discapacidad en primer grado de consanguinidad o afinidad.

Costes empresariales



El Gobierno ha querido aumentar la penalización en la sobrecotización a la Seguridad Social de los contratos temporales de muy corta duración. Para eso el Ministerio de Trabajo ha decidido que “en los contratos de carácter temporal cuya duración efectiva sea igual o inferior a cinco días, la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes se incrementará en un 40%”. De esta forma, dicho encarecimiento que pagan los empresarios pasa del actual 36% con el que están penalizados los contratos de menos de siete días actualmente a un 4% en el caso de los de cinco días o menos de duración. Este encarecimiento no se aplicará, no obstante, a los contratos encuadrados en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, precisa este texto.



Además, se modificará la Ley de Seguridad Social para aplicar a los días efectivamente trabajados y cotizados un “coeficiente de temporalidad”, que permitirá al trabajador reunir un mayor número de días en alta para el acceso a las prestaciones del sistema de la Seguridad Social. Así,  “a efectos de acreditar los periodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, maternidad y paternidad" en los contratos de duración igual o inferior a cinco días cada día de trabajo efectivo se considerará como 1,4 días de cotización.

En cuanto a la Tarifa de Primas de cotización por contingencias profesionales, el tipo mínimo pasa del 0,9% al 1,5%, lo que supondrá un alza de la recaudación del 6%. En el lado del ahorro para las empresas, el Gobierno ha habilitado que los convenios colectivos vuelvan a poder incluir la jubilación forzosa si el trabajador tiene derecho al 100% de la pensión, lo que permite forzar su retiro sin pagarle indemnización.

Multas por falsos autónomos



El Ministerio de Trabajo quiere evitar que, debido a que por primera vez la base mínima de cotización de los asalariados es mayor que la de los autónomos, se produzca un trasvase el Régimen General al de Trabajadores por cuenta propia, convirtiendo a empleados en falsos autónomos. Para disuadir de esta posible maniobra fraudulenta empresarial se crea una nueva infracción “muy grave” con su correspondiente sanción en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el orden social para aquel empresario que de de baja a un trabajador en el Régimen General de asalariados y mantenga a ese mismo trabajador en la misma actividad pero dado de alta en el régimen de autónomos. Esta infracción conllevará una multa para el empresario, por cada trabajador afectado, de entre 3.126 y 10.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.



Empleadas de hogar



El año traerá también novedades para el Régimen Especial de Empleadas de Hogar, para el que se establecen bases de cotización en función de 10 tramos de retribuciones, el último se deja para que la base sea el salario percibido. Además, se fijan las horas máximas que se podrán realizar en cada tramo, de acuerdo al salario mínimo interprofesional. Si bien se mantiene la reducción del 20% en las cotizaciones por las personas que trabajan en el servicio del hogar, así como la bonificación de hasta el 45% si el empleador es una familia numerosa. Finalmente, el Ministerio de Trabajo ha decidido reducir el periodo transitorio para la equiparación completa de estas trabajadoras –nueve de cada diez son mujeres– con el resto de trabajadores del Régimen General y cotizar por el salario real, que será efectivo el 1 de enero de 2021.



Fiscalidad de los artistas



El Consejo de Ministros aprobó este viernes un real decreto ley que incluye medidas de apoyo a la creación artística, entre ellas la bajada del IVA a los servicios prestados por autores, creadores y productores del 21 al 10%. Se recupera de este modo, con efectos desde el 1 de enero de 2019, la aplicación del tipo reducido de IVA a estos servicios esenciales de la industria cultural.



Transporte y Correos



Renfe mantendrá congelados los precios de los billetes de Cercanías pero elevará un 3,5% y un 7% respectivamente los precios de los regionales –media distancia– y Avant. Larga Distancia y trenes AVE tampoco verán modificadas sus tarifas. También habrá modificaciones en el precio de los peajes de algunas autopistas. Desde el 15 de enero los peajes de las autopistas rescatadas por el Estado (R2, R3, R4 y R5, la AP-41 Madrid-Toledo, la autopista M-12, la autopista AP-36 Ocaña-La Roda, la autopista AP-7 Cartagena-Vera y la Circunvalación de Alicante) bajarán de media un 30%. Por otra parte, Correos elevará también el franqueo de la carta nacional ordinaria con un peso de hasta 20 tramos, el producto más utilizado, costará 5 céntimos más a partir del 1 de enero, con una tarifa de 0,60 euros.



Alquileres



Desde el pasado 18 de diciembre, los nuevos contratos de alquiler que se firmen a partir de entonces tendrán una duración de cinco años en lugar de tres, y de siete, en caso de que el propietario sea una empresa. Las prórrogas también se amplían de uno a tres años. Todo ello permitirá, según el Gobierno, dotar a los arrendatarios de una mayor estabilidad. Además de la mensualidad de la fianza, el casero no podrá pedir garantías adicionales que excedan del equivalente a otros dos meses de alquiler. Si el dueño es una empresa, será esta y no el inquilino quien deberá correr a cargo de los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización. Los contratos de renta reducida (aquellas que pueden acogerse a alguna ayuda al alquiler), solo podrán actualizarse conforme al IPC.



Baja el gas natural



La tarifa de último recuso (TUR) del gas natural, a la que están acogidos los domésticos, bajará una media del 4,3% durante el primer trimestre de 2019. Esta caída rompe con las subidas registrada en los dos últimos trimestres y se produce por una ligera bajada (el 0,1%) de los peajes de acceso a las redes (que suponen aproximadamente la mitad de la factura) y la modificación de la fórmula de cálculo del gas base de dicha tarifa aprobados el pasado 20 de diciembre. El coste de la materia prima (CMP) se reduce un 10,8% gracias al cambio de metodología y las bajadas del Brent y el NPBB. La TUR 1 (consumos anuales menores de 5.000 kWh o usuarios sin calefacción) baja un 3,8% sobre octubre, y la TUR2 (para consumos de 5.000 kWh y 50.000 kWh anuales, con calefacción) desciende un 4,8%. 



Campaña de la Renta



La Agencia Tributaria aspira a comenzar la próxima campaña de presentación de la renta en el mes de marzo de 2019, en lugar del inicio habitual a partir de abril, permitiendo a los ciudadanos acceder un mes antes a sus datos tributarios para realizar la declaración correspondiente al ejercicio 2018 antes del 30 de junio. Una de las principales novedades es que el mínimo exento de ingresos por debajo del cual no es necesario pagar IRPF se eleva de 12.000 a 14.000 euros. Además, se ha rebajado el gravamen sobre las rentas de entre 14.000 y 18.000 euros. Otro cambio de calado en la campaña es que por primera vez dejarán de tributar las prestaciones por maternidad y paternidad después de que el Tribunal Supremo aclarara que están exentas. Quienes hayan cobrado estas ayudas durante el ejercicio 2018 no tendrán que hacer nada para beneficiarse del cambio fiscal. En paralelo, el Gobierno ha articulado un formulario (en la web de la Agencia Tributaria) que permite reclamar el IRPF indebidamente pagado desde 2014. Quienes percibieron la prestación en 2014 o 2015 tienen el mes de diciembre para solicitar la devolución mientras que los que la recibieran en 2016 y 2017 deberán reclamarla en enero. Finalmente, el Gobierno ha prorrogado un año más el impuesto de Patrimonio.



Una subida de impuestos ligada a que haya nuevo Presupuesto



El escenario tributario de 2019 arranca con máxima incertidumbre dado que el Gobierno ha anunciado una amplia reforma fiscal, con efecto especial sobre las rentas altas, cuya puesta en marcha está en duda a falta de ver si el equipo de Pedro Sánchez es capaz de sumar apoyos para su plan presupuestario. E incluso si los logra, el texto de partida podría sufrir importantes modificaciones durante la tramitación parlamentaria. A priori, en todo caso, el planteamiento es crear dos nuevos tramos de IRPF para elevar dos puntos el gravamen sobre rentas superiores a 130.000 euros y cuatro puntos el de las que superen los 300.000 euros. También se incrementa el impuesto de Patrimonio hasta el 3,5% para las fortunas de más de 10 millones. Además, el Gobierno busca rebajar el IVA de los productos de higiene femenina del 10% al tipo superreducido del 4%. En paralelo, aunque el Presupuesto quede en nada, el Ejecutivo ya ha impulsado varias medidas fiscales como anteproyectos de ley. Es el caso del impuesto sobre transacciones financieras del 0,2% (que las entidades podrían acabar trasladando a los inversores en Bolsa), de la tasa Google del 3% sobre negocios digitales y de un paquete de medidas antifraude que, entre evitarían escamotear impuestos en las compraventas de vivienda las herencias en vida.



Fuente : el Pais