El último Consejo
de Ministros del año celebrado este viernes ha sido uno de esos
denominados escoba por las numerosas medidas aprobadas a través de
varios Reales Decretos-Leyes que sobre distintas materias que van desde
cuestiones que afectan a la Seguridad
Social, los autónomos, la fiscalidad del sector de la cultura, o los
subsidios a desempleados entre otros muchos asuntos.
Junto a lo aprobado este viernes, el año 2019 viene cargado de otras
novedades que también afectarán al bolsillo de ciudadanos y empresas. Los
contribuyentes con menos ingresos verán como se eleva el mínimo exento de
ingresos por debajo del cual no es necesario pagar IRPF en la declaración de la
renta. Además, las prestaciones por maternidad y paternidad han quedado exentas
de tributar por IRPF para todos, incluidos los empleados públicos.
Unos 2,5 millones de trabajadores se beneficiarán directa o indirectamente
de una fuerte subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que pasa de
735,90 a 900 euros al mes en 14 pagas. Esto supone un 22,3% más de un año para
otro, el mayor incremento de la historia de esta renta mínima.
Los funcionarios verán cómo sus sueldos se elevan un 2,5% ampliable a otro
0,25%, mientras que las pensiones contributivas se revalorizarán un 1,6% y las
mínimas y asistenciales lo harán en un 3%.
El incremento de las pensiones afectará a 10,3 millones de prestaciones
contributivas y asistenciales y tendrá un coste de 2.591,65 millones de euros,
según informó este viernes el Ministerio
de Trabajo.
Para sufragar este mayor gasto, el departamento que dirige Magdalena
Valerio ha decidido llevar a cabo un fuerte aumento de las bases de cotización
que abonan los empresarios en su mayor parte y, en menor medida, los
trabajadores. En concreto, las bases mínimas de cotización se elevan un 22,3%,
en igual cuantía que lo hace el salario mínimo, hasta los 1.050 euros mensuales
(en 12 pagas). Mientras que las bases máximas, de los que más ganan, subirán un
7% hasta los 4.070,10 euros. Con ambos incrementos la Seguridad Social pretende
ingresar unos 2.000 millones extra, con lo que aún no sería suficiente para
costear el alza de las pensiones.
También el colectivo de los autónomos pagará más a la Seguridad Social. Su
cuota mínima mensual se eleva cinco euros hasta 283 euros al mes, y obtendrán
varias mejoras de las prestaciones.
A cambio de este incremento, los autónomos cotizarán por todas las
contingencias y obtendrán mejoras de prestaciones como el cobro durante el
doble de tiempo de la prestación por cese de actividad, entre otras. La tarifa
plana que pagan los nuevos autónomos y aquellos que no han estado en el RETA
durante un año pasa de 50 a 60 euros mensuales. Esta tarifa se extiende a los
autónomos agrarios.
En vivienda, los nuevos contratos de alquiler que se firmen tendrán ya una
duración de cinco años, ampliables a siete. Y la tarifa de último recurso (TUR)
del gas natural bajará un 4,6% de media. También en materia de vivienda, los
propietarios notarán una bajada media del impuesto de bienes inmuebles (IBI)
del 1,92% a partir del 1 de enero de 2019. Si bien esto será un promedio fruto
de la aplicación de coeficientes de actualización de valores catastrales a
1.179 municipios, en los que se aplicarán subidas de hasta el 5% y bajadas de
hasta el 2%.
El Gobierno mantendrá también el subsidio extraordinario por desempleo
hasta que elaboren un nuevo modelo de atención asistencial a los parados.
Además de todas estas medidas, estas otras también afectarán al bolsillo de los
españoles:
Autónomos
La normativa aprobada hoy recoge legalmente el acuerdo alcanzado entre el
Ministerio de Trabajo y las asociaciones de los trabajadores autónomos. Este
pacto incluye un incremento de las bases mínimas de cotización a la Seguridad
Social del colectivo del 1,25% para 2019 y un aumento del tipo de cotización al
30%. Esto eleva la cuota mínima mensual que abonan ocho de cada diez autónomos
en cinco euros, desde los 278 euros a los 283.
A cambio de este incremento, los autónomos estarán obligados a cotizar por
todas las contingencias (enfermedad común y profesional; cese de actividad; y
formación) y obtendrán mejoras de prestaciones como el cobro durante el doble
de tiempo de la prestación por cese de actividad, o la exoneración de pagar la
cuota mensual a partir del día 61 de baja médica.
La tarifa plana que pagan los nuevos autónomos y aquellos que no han estado
en el RETA durante un año pasa de 50 a 60 euros mensuales. Esta tarifa reducida
se extiende a los autónomos del sistema agrario y a las autónomas que hayan
sido madres, que podrán optar a ella durante 12 meses dentro de los 24 meses
posteriores a la prestación por baja de maternidad.
Además, en materia fiscal, los límites de facturación delimitada en la
tributación por módulos en el IRPF
han quedado prorrogados para 2019. La legislación preveía que este año se
redujeran los umbrales a partir de los cuales un autónomo no puede tributar por
el método de estimación objetiva. El Real Decreto-ley modifica esta situación y
mantiene inalterables los límites de exclusión. Así, los trabajadores por
cuenta propia no podrán tributar por el método de estimación objetiva cuando el
conjunto de sus actividades supere los 250.000 euros o cuando la facturación a
otros empresarios o profesionales sobrepase los 125.000 euros.
Sueldo de los empleados públicos
El sueldo de más de 2,5 millones de funcionarios se revalorizará un 2,25%
en 2019 con la posibilidad de que se den incrementos del 0,25% adicional en
función del PIB –si crece más de un 2,5% en 2019– y otro 0,25% que dependerá de
cada administración. Es una medida que ya fue pactada por el Gobierno de
Mariano Rajoy con los sindicatos y que Pedro Sánchez ha dado luz verde por
decreto ley para evitar la incertidumbre ante una posible prórroga
presupuestaria. Además, los funcionarios de la Administración General del
Estado (AGE) tendrán a su disposición una bolsa con hasta un 5% de su jornada
laboral anual de libre disposición y acumulables entre sí para el cuidado y
atención de sus hijos menores, personas mayores y personas con discapacidad en
primer grado de consanguinidad o afinidad.
Costes empresariales
El Gobierno ha querido aumentar la penalización en la sobrecotización a la
Seguridad Social de los contratos temporales de muy corta duración. Para eso el
Ministerio de Trabajo ha decidido que “en los contratos de carácter temporal
cuya duración efectiva sea igual o inferior a cinco días, la cuota empresarial
a la Seguridad Social por contingencias comunes se incrementará en un 40%”. De
esta forma, dicho encarecimiento que pagan los empresarios pasa del actual 36%
con el que están penalizados los contratos de menos de siete días actualmente a
un 4% en el caso de los de cinco días o menos de duración. Este encarecimiento
no se aplicará, no obstante, a los contratos encuadrados en el Sistema Especial
para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, precisa este texto.
Además, se modificará la Ley de Seguridad Social para aplicar a los días
efectivamente trabajados y cotizados un “coeficiente de temporalidad”, que
permitirá al trabajador reunir un mayor número de días en alta para el acceso a
las prestaciones del sistema de la Seguridad Social. Así, “a efectos de
acreditar los periodos de cotización necesarios para causar derecho a las
prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia,
incapacidad temporal, maternidad y paternidad" en los contratos de
duración igual o inferior a cinco días cada día de trabajo efectivo se
considerará como 1,4 días de cotización.
En cuanto a la Tarifa de Primas de cotización por contingencias
profesionales, el tipo mínimo pasa del 0,9% al 1,5%, lo que supondrá un alza de
la recaudación del 6%. En el lado del ahorro para las empresas, el Gobierno ha
habilitado que los convenios colectivos vuelvan a poder incluir la jubilación
forzosa si el trabajador tiene derecho al 100% de la pensión, lo que permite
forzar su retiro sin pagarle indemnización.
Multas por falsos autónomos
El Ministerio de Trabajo quiere evitar que, debido a que por primera vez la
base mínima de cotización de los asalariados es mayor que la de los autónomos,
se produzca un trasvase el Régimen General al de Trabajadores por cuenta
propia, convirtiendo a empleados en falsos autónomos. Para disuadir de esta
posible maniobra fraudulenta empresarial se crea una nueva infracción “muy
grave” con su correspondiente sanción en la Ley sobre Infracciones y Sanciones
en el orden social para aquel empresario que de de baja a un trabajador en el
Régimen General de asalariados y mantenga a ese mismo trabajador en la misma
actividad pero dado de alta en el régimen
de autónomos. Esta infracción conllevará una multa para el
empresario, por cada trabajador afectado, de entre 3.126 y 10.000 euros,
dependiendo de la gravedad de la infracción.
Empleadas de hogar
El año traerá también novedades para el Régimen Especial de Empleadas de
Hogar, para el que se establecen bases de cotización en función de 10 tramos de
retribuciones, el último se deja para que la base sea el salario percibido.
Además, se fijan las horas máximas que se podrán realizar en cada tramo, de
acuerdo al salario mínimo interprofesional. Si bien se mantiene la reducción
del 20% en las cotizaciones por las personas que trabajan en el servicio del
hogar, así como la bonificación de hasta el 45% si el empleador es una familia
numerosa. Finalmente, el Ministerio de Trabajo ha decidido reducir el periodo
transitorio para la equiparación completa de estas trabajadoras –nueve de cada
diez son mujeres– con el resto de trabajadores del Régimen General y cotizar
por el salario real, que será efectivo el 1 de enero de 2021.
Fiscalidad de los artistas
El Consejo de Ministros aprobó este viernes un real decreto ley que incluye
medidas de apoyo a la creación artística, entre ellas la bajada del IVA a los
servicios prestados por autores, creadores y productores del 21 al 10%. Se
recupera de este modo, con efectos desde el 1 de enero de 2019, la aplicación
del tipo reducido de IVA a estos servicios esenciales de la industria cultural.
Transporte y Correos
Renfe mantendrá congelados los precios de los billetes de Cercanías pero
elevará un 3,5% y un 7% respectivamente los precios de los regionales –media
distancia– y Avant. Larga Distancia y trenes AVE tampoco verán modificadas sus
tarifas. También habrá modificaciones en el precio de los peajes de algunas
autopistas. Desde el 15 de enero los peajes de las autopistas rescatadas por el
Estado (R2, R3, R4 y R5, la AP-41 Madrid-Toledo, la autopista M-12, la
autopista AP-36 Ocaña-La Roda, la autopista AP-7 Cartagena-Vera y la
Circunvalación de Alicante) bajarán de media un 30%. Por otra parte, Correos
elevará también el franqueo de la carta nacional ordinaria con un peso de hasta
20 tramos, el producto más utilizado, costará 5 céntimos más a partir del 1 de
enero, con una tarifa de 0,60 euros.
Alquileres
Desde el pasado 18 de diciembre, los nuevos contratos de alquiler que se
firmen a partir de entonces tendrán una duración de cinco años en lugar de
tres, y de siete, en caso de que el propietario sea una empresa. Las prórrogas
también se amplían de uno a tres años. Todo ello permitirá, según el Gobierno,
dotar a los arrendatarios de una mayor estabilidad. Además de la mensualidad de
la fianza, el casero no podrá pedir garantías adicionales que excedan del
equivalente a otros dos meses de alquiler. Si el dueño es una empresa, será
esta y no el inquilino quien deberá correr a cargo de los gastos de gestión
inmobiliaria y de formalización. Los contratos de renta reducida (aquellas que
pueden acogerse a alguna ayuda al alquiler), solo podrán actualizarse conforme
al IPC.
Baja el gas natural
La tarifa de último recuso (TUR) del gas natural, a la que están acogidos
los domésticos, bajará una media del 4,3% durante el primer trimestre de 2019.
Esta caída rompe con las subidas registrada en los dos últimos trimestres y se
produce por una ligera bajada (el 0,1%) de los peajes de acceso a las redes
(que suponen aproximadamente la mitad de la factura) y la modificación de la
fórmula de cálculo del gas base de dicha tarifa aprobados el pasado 20 de
diciembre. El coste de la materia prima (CMP) se reduce un 10,8% gracias al
cambio de metodología y las bajadas del Brent
y el NPBB. La TUR 1 (consumos anuales menores de 5.000 kWh o usuarios sin
calefacción) baja un 3,8% sobre octubre, y la TUR2 (para consumos de 5.000 kWh
y 50.000 kWh anuales, con calefacción) desciende un 4,8%.
La Agencia
Tributaria aspira a comenzar la próxima campaña de presentación de la renta en
el mes de marzo de 2019, en lugar del inicio habitual a partir de abril,
permitiendo a los ciudadanos acceder un mes antes a sus datos tributarios para
realizar la declaración correspondiente al ejercicio 2018 antes del 30 de
junio. Una de las principales novedades es que el mínimo exento de ingresos por
debajo del cual no es necesario pagar IRPF se eleva de 12.000 a 14.000 euros.
Además, se ha rebajado el gravamen sobre las rentas de entre 14.000 y 18.000
euros. Otro cambio de calado en la campaña es que por primera vez dejarán de
tributar las prestaciones por maternidad y paternidad después de que el
Tribunal Supremo aclarara que están exentas. Quienes hayan cobrado estas ayudas
durante el ejercicio 2018 no tendrán que hacer nada para beneficiarse del
cambio fiscal. En paralelo, el Gobierno ha articulado un formulario (en la web
de la Agencia Tributaria) que permite reclamar el IRPF indebidamente pagado
desde 2014. Quienes percibieron la prestación en 2014 o 2015 tienen el mes de
diciembre para solicitar la devolución mientras que los que la recibieran en
2016 y 2017 deberán reclamarla en enero. Finalmente, el Gobierno ha prorrogado
un año más el impuesto de Patrimonio.
Una subida de impuestos ligada a que haya
nuevo Presupuesto
El escenario
tributario de 2019 arranca con máxima incertidumbre dado que el Gobierno ha
anunciado una amplia reforma fiscal, con efecto especial sobre las rentas
altas, cuya puesta en marcha está en duda a falta de ver si el equipo de Pedro
Sánchez es capaz de sumar apoyos para su plan presupuestario. E incluso si los
logra, el texto de partida podría sufrir importantes modificaciones durante la
tramitación parlamentaria. A priori, en todo caso, el planteamiento es crear
dos nuevos tramos de IRPF para elevar dos puntos el gravamen sobre rentas
superiores a 130.000 euros y cuatro puntos el de las que superen los 300.000
euros. También se incrementa el impuesto de Patrimonio hasta el 3,5% para las
fortunas de más de 10 millones. Además, el Gobierno busca rebajar el IVA de los
productos de higiene femenina del 10% al tipo superreducido del 4%. En
paralelo, aunque el Presupuesto quede en nada, el Ejecutivo ya ha impulsado
varias medidas fiscales como anteproyectos de ley. Es el caso del impuesto
sobre transacciones financieras del 0,2% (que las entidades podrían acabar
trasladando a los inversores en Bolsa), de la tasa Google del 3% sobre negocios
digitales y de un paquete de medidas antifraude que, entre evitarían escamotear
impuestos en las compraventas de vivienda las herencias en vida.
Fuente : el Pais