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martes, 19 de agosto de 2014

¿Olvidaste la declaración de la Renta? Hacienda todavía te espera...con la hucha

Hace ya casi dos meses que los contribuyentes saldaron sus cuentas con Hacienda, pero el fisco nunca descansa y siempre tiene la lupa puesta para detectar posibles irregularidades. Y aunque no es un caso habitual, siempre están los "olvidadizos", contribuyentes que por una u otra razón "se olvidaron" de presenta la declaración de Hacienda.¿Qué pasa en estos casos?

En principio, no debería suceder nada grave más allá de la incómoda molestia de tener que aflojar la billetera más de lo que nos habría tocado pagar en caso de haber cumplido en plazo. Según comentan los economistas de ActiBva, se puede entregar la declaración pasado el plazo sin hacer complicados trámites, con tan solo acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria. 

Supuesto 1.- Me sale a pagar y soy quien se lo digo a Hacienda

Por supuesto, la mala memoria tiene un coste que se traducirá en la sanción o recargos que imponga Hacienda a los "olvidadizos", según establece la Ley General Tributaria en el artículo 27. En concreto, aquí estamos hablan de recargos por "declaración extemporánea sin requerimiento previo". Y esto es lo que dice la ley:: "Si la presentación de la autoliquidación o declaración se efectúa dentro de los tres, seis o doce meses siguientes al término del plazo establecido para la presentación e ingreso, el recargo será del 5, 10 ó 15 por ciento, respectivamente". 

Es decir, que si es el propio contribuyente quien voluntariamente acude a ponerse en paz con el fisco, se le aplicará un recargo al importe que depende del tiempo que haya pasado. 

1.- Antes de tres meses: 5% de la cantidad ingresada.

2.- Entre tres meses y un día y seis meses: 10% de recargo.

3.- Entre seis meses y un día y doce meses: 15% de la cantidad ingresada.

4.- Más de un año: 20% de la cantidad, "más unos intereses de demora", que según apuntan en ActiBva, variarán en función de lo despistado que haya sido el contribuyente. En concreto, esto dice la ley. "Se exigirán los intereses de demora por el período transcurrido desde el día siguiente al término de los 12 meses posteriores a la finalización del plazo establecido para la presentación hasta el momento en que la autoliquidación o declaración se haya presentado". 

Del mismo modo, estos economistas explican que es posible reducir un 25% el recargo de los importe cuando se muestra conformidad con la sanción dispuesta y se paga de forma anticipada (por pronto pago).

Supuesto 2.- Me sale a devolver

Por supuesto, también se dan los casos de contribuyentes "olvidadizos" que no presentaron la declaración aún cuando Hacienda les tenía que devolver dinero. En este supuesto, si la declaración se presenta antes de que Hacienda nos lo pida, (es decir, voluntariamente), se aplicará una sanción de 100 euros, "aunque en ocasiones no se impone ningún tipo de multa", indican los expertos de ActiBva. Pero esto pasa más por un descuido de la Administración, no porque la ley deje "manga ancha".  Peores son las cosas si es Hacienda quien llama a tu puerta para recordarte que no hiciste la declaración. Entonces, la sanción será de 200 euros. 

Supuesto 3.- Me sale a pagar y es Hacienda quien me lo dice  

Si el resultado es a ingresar y es la Agencia Tributaria la que descubre tu "lapsus", se aplica una sanción que va desde el 50% hasta el 150% de la cantidad a ingresar, además de pagar unos intereses de demora. Este es el peor de los supuestos. "En cualquiera de los casos, siempre es mejor presentarla voluntariamente a que sea la Agencia la que te pille", apostillan en ActiBva. Por eso, "si te has dado ya cuenta de tu despiste, acude inmediatamente a alguna de las oficinas de la Agencia Tributaria y regulariza tu situación", recomiendan estos economistas. 



Fuente: Finanzas.com


martes, 29 de julio de 2014

El candidato ideal para las empresas

Tres de cada cinco entrevistas de trabajo no son superadas por la falta de preparación de los candidatos. Este dato pone de manifiesto que existe una fuerte desconexión entre lo que piden las empresas y las cualidades de los trabajadores. Por ello, Adecco ha realizado un estudio a 1.000 profesionales de Recursos Humanos para determinar cuáles son las habilidades y capacidades más demandadas por las empresas.
 
Así, para los profesionales de Recursos Humanos las habilidades más importantes serían la siguientes por este orden: conocimientos especializados, habilidades organizativas, habilidades relacionales y habilidades motivacionales. Sin embargo, estas cualidades tienen mayor o menor importancia según el puesto que se quiera cubrir. Por ejemplo, para los directivos se valora más contar con habilidades organizativas, mientras que en la categoría de empleados se busca el conocimiento especializado por encima de cualquier otra habilidad.
Dese Adecco destacan que los conocimientos especializados engloban los conocimientos propios del trabajo que se va a desarrollar, los de nuevas tecnologías, los idiomas y la cultura general. En líneas generales, lo más valorado por los profesionales encuestados son los conocimientos propios especializados del trabajo a desempeñar, con una valoración media del 76%. A mucha distancia le siguen las habilidades vinculadas a las nuevas tecnologías (52%) y el dominio de idiomas (37%).
No se encuentran grandes diferencias a la hora de analizar los conocimientos por categorías profesionales aunque sí es destacable que los conocimientos tecnológicos despuntan en la categoría de mandos y técnicos (58%) pero se valoran menos en puestos directivos y entre los empleados (45%). También se aprecia una escalada funcional en el conocimiento de idiomas, a medida que sube el rango profesional, también lo hacen las exigencias idiomáticas.
 
Lo más valorado son los conocimientos especializados del trabajo a desempeñar

En cuanto a las habilidades organizativas, estas incluyen la capacidad de análisis, la tolerancia a la tensión, la dirección de equipos, la visión de negocio, la innovación y el liderazgo. Las cualidades mejor consideradas son la capacidad de análisis y la tolerancia a la tensión, valoradas en conjunto con un 60% de las respuestas. A cierta distancia se sitúan el liderazgo y la dirección de equipos (41%) y la visión de negocio (37%).
Dentro de este tipo de habilidades sí hay grandes diferencias entre las categorías profesionales. Así, la capacidad de análisis es lo más valorado en la categoría de técnicos, con una media del 68%, mientras la tolerancia a la tensión es prioritaria en empleados y mandos (64%) y el liderazgo es básico a la hora de seleccionar puestos directivos (82%).
Las habilidades relacionales son, fundamentalmente, el trabajo en equipo, la capacidad de comunicación, la empatía, la capacidad de influencia y la red de contactos. Lo más valorado por los profesionales de Recursos Humanos es el trabajo en equipo (69%) y la capacidad de comunicación (62%). De menor importancia son aspectos como la capacidad de empatizar (50%), la capacidad de influencia (32%) y la red de contactos (26%).
 
El trabajo en equipo es muy importante para contratar a técnicos y empleados
 
De nuevo en este tipo de habilidades se aprecian diferencias entre las categorías profesionales. El trabajo en equipo es muy importante para contratar a técnicos y empleados (75% y 81%, respectivamente) mientras que para dirección y mandos intermedios prima la capacidad de comunicación, con valores del 69% y 74%, respectivamente.
Por último, las habilidades motivacionales son el bloque que menos se tiene en cuenta a la hora de seleccionar al personal. Comprende habilidades como la orientación a objetivos, la planificación y organización, la orientación al cliente, la gestión del tiempo, la ética profesional, la orientación al aprendizaje y la fijación de metas.
Para los profesionales de RRHH lo más importante dentro de este grupo es la orientación a objetivos (63%), seguido de la orientación al cliente (57%) y de la planificación y organización (54%). Dentro de estas habilidades motivacionales hay algunas diferencias interesantes para cada categoría profesional. Para optar a puestos directivos es muy importante la orientación a objetivos (73%) mientras que para los empleados prima la orientación al cliente (57%).

Fuente : ABC.es
 

jueves, 24 de julio de 2014

HASTA AHORA HA TRABAJADO PARA HACIENDA Día de la liberación fiscal: Lo que gane a partir de hoy será para usted

Las cargas fiscales en España le suponen al trabajador la mitad de su sueldo. En concreto, un asalariado que gane 24.400 euros -el equivalente al salario medio- dedica los ingresos de 184 días a cumplir con el fisco, según datos de un estudio de Civismo presentado este miércoles. Es decir,todo lo que gana hasta el día 3 de julio se marcha para Hacienda. Este periodo de tiempo se corresponde a 102 días de cotizaciones para la Seguridad Social, 41 para el IRPF, 25 para el IVA, 11 dedicados a pagar los impuestos especiales y el resto, cinco, para los demás tributos. Precisamente, los autores del trabajo denominaron al 3 de julio como 'Día de la Liberación Fiscal'. «Es el día en que el español termina de cumplir sus obligaciones tributarias y comienza a ganar dinero para él», definió Pedro Schwartz, secretario de la organización.

El estudio recoge cinco supuestos. Un sueldo de 15.500 euros (un mileurista) pagaría al fisco hasta el 16 de junio; con 19.300 euros hasta el 26 de junio; con 40.000 hasta 9 de julio y una retribución de 100.000 hasta el 7 de julio.

«Tenemos un presidente del Gobierno que no se entera, ni quiere, de lo que ocurre en Hacienda y un ministro socialista», comentó Schwartz en referencia a Montoro antes de añadir que el titular de Hacienda «se dedica a subir los impuestos sin reducir el gasto».

Más presión para rentas bajas

"La ministra de Empleo acaba de sacar mucho dinero de la hucha de la Seguridad Social para pagar la extra de las pensiones. Y esto con subidas de impuestos. Nos están engañando, este modelo de financiación del Estado de Bienestar no es sostenible", afirmó Schwartz. Y es que aunque el "mileurista" termine de pagar sus impuestos el 16 de junio, su presión fiscal es más elevada que la de las rentas más altas.

De hecho, el supuesto de las rentas de 100.000 euros, a pesar de que su tipo de gravamen sea el más alto, termina de pagar impuestos el 7 de julio, dos días antes que el trabajador con unos ingresos medios de 40.000 euros. Esto sucede porque el tipo de gravamen de las cotizaciones de la Seguridad Social sólo cuenta con un tipo impositivo máximo del 36,25%.

«El Estado del Bienestar nos cuesta medio año de nuestros ingresos», destacó el presidente del 'think tank', Julio Pomés. Este experto defendió una mayor capacidad de elección sobre el tipo de prestaciones que queremos y dónde deseamos recibirlas.

En cualquier caso, las comunidades autónomas en las que los trabajadores terminan antes de pagar son el País Vasco (28 de junio) y Navarra (30 de junio). En el otro extremo, Castilla-La Mancha (6 de julio), Cataluña y Cantabria (7 de julio) son las comunidades autónomas en las que más tiempo transcurre hasta cumplir con Hacienda. Una diferencia por comunidades que puede calcularse en la web de Civismo a través del apartado "Calculadora de impuestos" para saber cuál es su "Día de Liberación Fiscal".


Fuente: Finanzas.com

sábado, 28 de junio de 2014

¿Qué es lo que tributa exactamente si me despiden o me marcho de la empresa?

Cuando un trabajador da por finalizada su relación laboral con una empresa puede percibir distintos conceptos dependiendo de su contrato y del tipo de despido a que se acoja.

Hasta ahora, solo el llamado «finiquito» tributaba IRPF como rentas del trabajo. Con la nueva reforma fiscal presentada por el ministro Montoro esta semana también las indemnizaciones a partir de 20.000 euros deberán tributar.

¿Qué es el finiquito y cómo tributa?

Cuando una compañia toma la decisión de despedir a un trabajador le debe pagar todo lo que le debe. Eso incluye desde las pagas extras propocionales (si son dos al año y estamos en marzo, debería pagarle la mitad por esos tres meses); además de las vacaciones y días libres que no haya tomado el trabajador y en el caso de que la empresa le avise el mismo día en el que deja de trabajar en el centro, deberá pagarle 15 días más de trabajo por la obligación de avisar con ese periodo de antelación.

Todos estos conceptos son parte del salario y por tanto tributan como rentas del trabajo exactamente igual que la nómina. Cabe remarcar que el llamado finiquito se percibe exactamente igual cuando el trabajador abandona la empresa de forma voluntaria.

La indemnización

La indemnización es algo distinto y en principio no se considera parte de la nómina. Además, la indemnización solo se recibe en caso de que haya despido o el trabajador no deje el trabajo voluntariamente, sino que mediante una demanda solicite al juez que declare extinguida su relación laboral porque el empresario ha cometido un incumplimiento grave. En ningún caso se percibe indemnización si el trabajador decide voluntariamente marcharse.

Hasta ahora la indemnización no tributaba en ningún caso, pero a partir de ahora cotizará como renta del trabajo y como ingreso excepcional para aquellos que perciban un salario superior a los 20.000 euros. Además, la nueva exención establece que los trabajadores que hayan sido despedidos de forma improcedente tributarán ya desde el pasado 20 de junio a partir de los 2.000 euros por año trabajado, con lo que la primera cantidad «está exenta» de pago del IRPF.

Hasta la reforma laboral del 2012, la indemnización legal era de 45 días de por año trabajado con un límite de 42 mensualidades. Pero desde la reforma se perciben 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. El problema que se crea ahora es qué ocurrirá con aquellos trabajadores que tengan un contrato anterior a febrero del 2012, ¿les afecta la reforma fiscal?

A partir de salarios anuales de 30.000 euros con indemnizaciones de 2.750 euros por año trabajado, la exención se establece para el 72,72 % de la indemnización.


Fuente: Finanzas.com

martes, 17 de junio de 2014

Hacienda pierde una de cada dos reclamaciones que presentan los ciudadanos

Cara o cruz, una de dos. La poderosa maquinaria de Hacienda no es precisamente infalible a la hora de demostrar ante la justicia que sus actuaciones sobre los contribuyentes están plenamente ajustadas a Derecho. Lo dicen con frialdad las cifras:_la mitad de las reclamaciones presentadas por los ciudadanos -en concreto, el 49,7%- son estimadas por los tribunales, ya sean los ordinarios de justicia o los económicos administrativos (TEA), especializados en la materia pero desconocidos para el gran público.

El pagano de esta situación vuelve a ser el ciudadano, en la medida que se agrava el descenso en la recaudación necesaria para no hacer más ajustes, ya provocado tanto por la crisis como por la «ineficacia» en la lucha contra el fraude. Así, al menos, lo denunció este martes el colectivo de técnicos de Hacienda (Gestha), que ha tomado como base la propia Memoria Anual de los TEA y habla de «voracidad tributaria» por parte de las Administraciones Públicas.

Según sus cuentas, desde 2007 se ha incrementado un 88% la deuda pendiente de cobro por parte de Hacienda hasta superar los 50.000 millones de euros en la actualidad. Desde la Agencia Tributaria, poco proclive a facilitar este tipo de datos que proporciona siempre con bastante desfase temporal, reducen a 25.200 millones de euros los derechos reconocidos no cobrados que corresponden a deudas impugnadas en los tribunales. Hablamos de cifras al cierre de 2012, y con un incremento acumulado del 25% desde 2010.

El Tribunal de Cuentas maneja otra cifra, más cercana a los cálculos de Gestha:_48.674 millones de euros también a finales de 2012 -la Agencia Tributaria aún no ha presentado la Memoria de 2013-, casi un 30% más que tres años antes. Esa suma, no obstante, incluye la deuda concursal sobre la que Hacienda no tiene capacidad de gestión. Y del total, el órgano contable estima que apenas se cobra una cuarta parte, en torno a 10.500 millones.

Faltan medios, sobran casos

Una cifra similar -casi 11.000 millones, es decir, el 22% de la deuda pendiente de cobro- se encuentra paralizada a día de hoy, en la medida que su suerte final -si habrán de pagarse al fisco o quedarán en el bolsillo de particulares y empresas- está todavía en manos de los tribunales. Gestha señala que el aumento de la litigiosidad que se viene registrando desde 2008 «ha desembocado en un atasco» de los tribunales económicos a administrativos.

«Desde hace 14 años -denuncian- se cuenta prácticamente con el mismo número de ponentes técnicos -el Ministerio ha aprobado un plan para aumentar su número un 29%, aunque el citado colectivo cree que al venir de la Agencia puede quedar en entredicho la independencia de los TEA- e inspectores de Hacienda para resolver las reclamaciones».

La evolución desde 2004 de las reclamaciones ha sido de subidas casi constantes -sólo en 2007 registró un pequeño descenso-, hasta alcanzar los 223.417 pleitos tributarios que entraron en los TEA durante 2012 (último ejercicio contabilizado). En las resoluciones, sin embargo, los altibajos han sido la nota casi predominante, hasta alcanzar en dicho año un tope de 190.374.

El problema es que eso implicó que quedaron más de 33.000 asuntos sin resolver. Es la cifra más alta desde finales del siglo pasado, si exceptuamos los 34.500 casos que se dejaron pendientes en 2010. La consecuencia última es que a finales de 2012 se acumulaban un total de 250.610 reclamaciones sin sentencia en los tribunales. Eso puede explicar que los ingresos por deuda tributaria en litigio se hayan reducido a apenas un tercio en 2013, al caer de 1.412 a sólo 463 millones.

Ese «descalabro» -como lo tachan desde Gestha- también tiene mucho que ver con el hecho de que Hacienda pierda casi la mitad de los pleitos (el 49,7%), siendo los tribunales económicos los más propensos a dar la razón a los contribuyentes. Los técnicos del fisco calculan que las Administraciones dejan de recaudar ahora en torno a 1.038 millones de euros cada ejercicio.

También varía el número de reclamaciones estimadas en función del órgano contra el que se interpone la demanda. Así, según la estadística que manejan los TEA -donde las quejas aceptadas suponen el 44,3% del total-, el nivel de éxito más alto se logra contra las comunidades autónomas, a las que los contribuyentes ganan dos de cada tres pleitos entablados (65,9%), mientras que al Ministerio de Hacienda se le vence solamente en una de cada cuatro ocasiones (26,4%). Y si el enfrentamiento es con la Agencia Tributaria, la posibilidad de salir triunfante es del 37,7%, frente al 28,5% de las veces que se logra en las liquidaciones de los Ayuntamientos.

¿Dónde puede acudir el contribuyente?

La principal vía para una reclamación tributaria son los tribunales económico-administrativos (TEA). Aunque no pertenecen al Poder Judicial -pese a que su nombre indique lo contrario, son un órgano más de la Administración-, resultan la vía más efectiva para el contribuyente, amén de que sus resoluciones suelen ser refrendadas en la vía judicial contenciosa.

Están integrados, sobre todo, por inspectores de Hacienda y, además, cuentan con delegaciones regionales. De hecho, es allí donde llegan los casos de menos de 150.000 euros o que afectan a decisiones de comunidades autónomas, diputaciones o ayuntamientos. Las superiores, de las grandes empresas, van a un tribunal económico central (TEAC).


Fuentes: Finanzas.com

viernes, 2 de mayo de 2014

Hacer el vago mejora tu productividad

«En pequeñas dosis, hacer el vago en el trabajo puede ser más que positivo». Lo dice Alfredo Diez, director ejecutivo de The International School of Coaching (TISOC) Corporate, escuela europea líder en coaching en español. Lo que quiere decir Diez es que alternar lapsos de trabajo intenso con momentos de menor ritmo (o incluso de ocio) dentro del propio entorno de trabajo ayuda a optimizar la actividad laboral. «Con jornadas de trabajo que absorben casi toda nuestra vigilia y la sensación de estar sometidos a una permanente presión, no podemos pretender estar al 100% en el trabajo. Es más realista aceptar que necesitamos ese pequeño hueco de ocio y que lo gestionemos adecuadamente».
¿De qué actividades concretas hablamos? «El café con los colegas o la siesta son valores en alza en las empresas punteras en la gestión de los recursos humanos», expresa Diez. El experto en coaching apunta una serie de práctica que han sido rechazas tradicionalmente, calificadas de pérdida de tiempo, pero que pueden ser muy útiles para mejorar la productividad de un empleado.
1.- Desconexión antes de las 10:00. Apagar el móvil y no atender el correo electrónico durante una hora cada mañana nos permite tomar decisiones y priorizar con la cabeza fría, pensar de forma más creativa y tomar las riendas de la jornada que tenemos por delante. Abrir la bandeja de entrada de emails cuando no tienes tiempo ni de leerlos ni contestarlos solo te llevará a disipar fuerzas y a trabajar el doble.
2.- Un café con los compañeros. El rato del café es un excelente termómetro del clima laboral de nuestro equipo. Nos sirve, no solo para evaluar, sino para dirimir desencuentros sin que la sangre llegue al río. En el ambiente distendido del café los conflictos pueden fluir y resolverse de una forma menos procedimental y más natural que en el espacio de la oficina.

3. Un rato para meditar. La meditación favorece el bienestar y la creatividad, pero también el rendimiento laboral. Solo cinco minutos de meditación al día pueden hacer milagros. La llamada meditación en la respiración es una técnica sencilla y provechosa que consiste en respirar siendo consciente del paso del aire.
4.- No sin mi siesta. Hay diferentes tipos de siestas. La «power-nap» (de 5 a 20 minutos) incrementa la atención y la capacidad motora. La cabezadita clásica (de 20 a 30 minutos) alcanza la fase del sueño profundo, lo que favorece la recuperación mental y el rendimiento. Hay empresas de primera línea que han acondicionado espacios de descanso para los trabajadores.
5.- Charlar con los amigos. Encontrar en el trabajo personas con ideas afines es muy importante. Un simple chiste puede servir para relativizar un fracaso; y comparir los éxitos hace que sepan mejor. Un par de minutos de charla con tus colegas más queridos puede cambiar radicalmente tu estado de ánimo.
6.- Aprender a decir «no». Un «no» por respuesta es, en muchas ocasiones, tu principal arma para disponer de más tiempo creativo y de oportunidades para atender tus prioridades. Gloria Mark, de la Universidad de California, afirma que nuestros caóticos ambientes de trabajo solo nos permiten concentrarnos once minutos seguidos antes de ser interrumpidos por el teléfono fijo, los móviles, correos electrónicos o por colegas. Hay que decir «no» a aquellas cuestiones que nos roben el poco tiempo disponible.
7.- De paseo por la oficina. «Mis pensamientos se duermen cuando estoy sentado», decía Michael de Montaigne. Cuando estás bloqueado y las ideas no fluyen, levantarse y pasear por la oficina presta ayuda inmediata y eficaz al cerebro. La comunidad científica ha probado que el hemisferio derecho, responsable de la creatividad e innovación, se activa cuando el cuerpo se mueve.
 
Fuente: ABC.es

miércoles, 30 de abril de 2014

Diez claves para ser más productivos en el puesto de trabajo

La Comisión Nacional para la Racionalización de los Horarios Españoles ha publicado un decálogo con consejos para elevar la productividad tanto en el caso de los empresarios como en el de los trabajadores. Las medidas deben ser promovidas con un escenario de fondo que cambie sustancialmente los horarios españoles y los equipare a los europeos.

1. Dirigir por objetivos. Valorar a los empleados por resultados: recompensar a los más eficaces y reconducir a los que no lo son.

2. Promover el talento. Evitar que los más preparados se vayan a otra empresa y potenciar el éxito y la satisfacción para sacar todo el partido al talento de los empleados.

3. Motivar a los trabajadores. En línea con el punto anterior, se hace necesario estimular e inspirar el trabajo diario de los empleados. Para ello también es necesario fomentar las ideas propias. No hay que olvidar que la conciliación es clave: se rinde más cuando se tiene más tiempo y flexibilidad para la vida privada.

4. Pensar en positivo. Las situaciones de crisis son una oportunidad para mejorar. España debe aprovechar la mala coyuntura para reiventarse y cambiar lo que no funciona, como los horarios españoles.

5. Adaptarse a la realidad. Las empresas y las relaciones han cambiado con la crisis y el paso de los años. Es importante saber cómo funciona el mercado para adaptarse a las nuevas condiciones.

6. Trabajar en equipo. La unión de fuerzas mejora las relaciones, la satisfacción y la calidad del trabajo.

7. Ir tarea por tarea. Es recomendable apuntar las tareas y concentrarse en ellas una a una.

8. No perder el tiempo con el móvil y el correo electrónico. Es necesario organizar la agenda y planificar espacios del día en los que no se consulta el correo ni otros dispositivos electrónicos.

9. Organizar mejor la jornada. Luchar por la puntualidad y no perder tiempo. Es mejor arrancar antes el día y dedicar solo media hora para comer. Así se aprovecha mejor la jornada y se compensa la carga de trabajo entre la mañana y la tarde. .

10. Reuniones más cortas. Fijar una hora de comienzo y de finalización para acortarlas. También deben involucrar a menos personas y dejar fuera temas que no tienen mucha importancia.

Fuente: ABC.es