Bienvenidos a nuestro Blog

Desde este blog queremos informar y discutir sobre la actualidad de las empresas así como novedades en temas fiscales, laborales y contables que consideramos de interes



domingo, 11 de agosto de 2013

Me caso: ¿tengo que declarar los "sobres" de la boda?



No existe obligación de tributar por el dinero obtenido en un enlace matrimonial, aunque Hacienda puede recabar la información que considere necesaria para evitar fraudes de los cónyuges.


¿Se imagina que, en vez de calcular el dinero que ha obtenido el día de su boda, a través de los regalos de los invitados, tuviera que realizar una lista con esas prebendas, por si tuviera que justificarlas ante Hacienda? No es una utopía; aunque tampoco dista mucho de la realidad. Los centenares o miles de euros que reciben los cónyuges recién casados en efectivo también tienen un recorrido fiscal. Veamos cuál es.

Desde un punto de vista estrictamente legal, un regalo de bodas "puede ser considerado como una adquisición a título gratuito", explica Antonio Paredes, experto tributario de Gestha. Es decir, que estas aportaciones generosas de amigos, familias y otro tipo de invitados implican una donación, que se encontraría gravada en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Existe una donación "cuando se produce la transmisión de la propiedad, usufructo o derecho real sobre un bien de una persona a otra sin que existe contraprestación a cambio", explica María Ángeles García, abogada de Araba especialista en derecho fiscal. 

Sin embargo, en el caso del dinero en metálico, todo dependerá de las circunstancias en las que se produzca y de la voluntad de los implicados.Isabel Gozalo, letrada del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) explica que "debemos tener en cuenta en qué situación se da ese dinero, cuáles son las circunstancias y el contexto en que se produce esa transmisión". En este caso, "no hay un mínimo legal a partir del cual no se considere una donación y, por tanto, no esté exento del pago del impuesto", afirma la abogada de Arag.

Limitaciones de efectivo en el bancoOtro aspecto diferente es que reciba algún requerimiento por parte de la Agencia Tributaria exigiéndole aclarar todas las partidas de dinero que ha gastado en su boda. En los últimos meses, varios recién casados se han visto sorprendidos por estas investigaciones de Hacienda, que en buena parte del año se centran en los enlaces matrimoniales con todo el dinero que en torno a este evento se mueve.

Además, hay que tener en cuenta a la hora de tratar con el dinero de los regalos de la boda es el de la limitación de efectivo que aprobó el Gobierno el año pasado. En concreto, se estableció un límite de 2.500 euros en las operaciones en las que intervenga un empresario o profesional. Y si la operación supera ese límite, no podrá pagarse en efectivo. En este caso, al no intervenir ningún empresario de por medio, "no sería aplicable este límite", explica Antonio Paredes. Pero si lo que va a hacer es ingresar parte o la totalidad del dinero obtenido en su cuenta corriente, debe saber que el banco está obligado a informar a Hacienda sobre cualquier ingreso en metálico que supere los 3.000 euros, con la posibilidad de que el fisco abra expediente y los cónyuges tengan que justificar esos movimientos
.


Fuente:Finanzas.com

No hay comentarios:

Publicar un comentario