Bienvenidos a nuestro Blog

Desde este blog queremos informar y discutir sobre la actualidad de las empresas así como novedades en temas fiscales, laborales y contables que consideramos de interes



lunes, 23 de diciembre de 2013

Falsos autónomos, ¿un fraude creciente?

La crisis ha devuelto al primer plano de la actualidad una figura laboral que se mueve en el ámbito de la ilegalidad, la del falso autónomo. Esto es, los trabajadores por cuenta propia que llevan a cabo su actividad en condiciones más cercanas a las de un asalariado común: en primer lugar, porque trabajan en exclusiva, o casi, para una sola empresa. En muchos casos, además, en las instalaciones de la propia compañía y con horarios que ésta fija unilateralmente. De forma que es el autónomo el que debe hacer frente a todas las cotizaciones, al tiempo que se ve desprovisto de la cobertura social que procura el Régimen General.

Los sindicatos vienen denunciando que, en estos tiempos de crisis, muchas empresas sólo ofrecen trabajo con la condición de que el empleado se inscriba en el Régimen Especial del Trabajador Autónomo (RETA). O peor aún, se deshacen de asalariados para volver a readmitirlos cuando se hayan convertido en trabajadores por cuenta propia. El problema es que, como sucede con muchas actuaciones fraudulentas, no quedan registradas en las estadísticas oficiales.

Hoy por hoy, el método más eficaz para realizar una estimación sobre el número de falsos autónomos que existen en España es la Encuesta de Población Activa (EPA). La EPA incluye una pregunta muy concreta a los trabajadores autónomos económicamente independientes: si trabajan en exclusiva para una empresa, o prácticamente. Según la última encuesta, en este grupo estarían unos 250.000 trabajadores. De ellos, 160.000 declararon desarrollar su actividad sólo para un único cliente. Los otros 90.000, casi en exclusiva para una sola empresa.

Todos estos trabajadores deberían estar inscritos como Trabajador Autónomo Dependiente (TRADE), una figura contemplada en el Estatuto del Trabajador Autónomo, precisamente para acabar con los falsos autónomos. Según el estatuto que regula las normas laborales de los autónomos, los TRADE son «aquellos que realizan una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominante para una persona física o jurídica, denominada cliente, del que dependen económicamente por percibir de él, al menos, el 75% de sus ingresos por rendimientos de trabajo y de actividades económicas o profesionales».

Más protección

Es obligatorio que ambas partes firmen un contrato escrito en el que se detallen las características del servicio prestado, y que debe inscribirse en una oficina pública. Es el TRADE quien debe encargarse de pagar todas las cotizaciones (contingencias comunes, profesionales, cese de actividad), aunque, a cambio, tiene derecho a un mínimo de 18 días de descanso al año, y a una indemnización, en caso de ruptura injustificada del contrato mercantil que le une a la empresa. Sin embargo, a día de hoy en el RETA sólo están inscritos 13.000 TRADEs.

¿Quiere eso decir que los otros 237.000 trabajadores que según la EPA se declaran económicamente dependientes son falsos autónomos? «Evidentemente, tienen que estar ahí. Pero para ser TRADE hay que cumplir más requisitos que el tener más del 75% de la facturación vinculada a un solo cliente. Hay otras condiciones, como contar con tus propios medios de trabajo. Por ejemplo, un repartidor debe ser dueño de su furgoneta», ilustra Sebastián Reyna, secretario General de la Unión Profesional de Trabajadores Autónomos (Upta). En su opinión, «es evidente que el fenómeno de los falsos autónomos está ahí. Pero no creo que haya habido un salto cuantitativo en estos años de crisis. Si acaso sí cualitativo, teniendo en cuenta que hay menos trabajadores. Así que proporcionalmente quizá sean más».

Lorenzo Amor, presidente de la federación ATA, expone «datos objetivos que desmontan ese falso mito de que ha aumentado su número. No negamos que se utilice esta figura de forma fraudulenta, pero no es algo que, a nuestro juicio, esté generalizado. Si fuera así, no tendría sentido que bajara el número de autónomos sin asalariados, y subieran los que sí tienen, algo que está sucediendo. Además, es llamativo que crezcan los autónomos con forma jurídica (societaria) y desciendan los que son personas físicas».

Fuentes del sector apuntan a que el hecho de que la figura del TRADE haya tenido tan poco éxito, «puede estar en el miedo de las empresas a la conflictividad. Porque, en el caso de un desacuerdo entre la compañía y el TRADE, es la jurisdicción social la que interviene. Y ésta suele ser bastante más favorable a los intereses del trabajador.


Fuente: Finanzas.com


No hay comentarios:

Publicar un comentario