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sábado, 15 de noviembre de 2014

Consejos fiscales para rebajar la factura en la próxima declaración de la renta

Faltan apenas dos meses para que acabe el año, pero es tiempo suficiente para que el contribuyente, con una serie de acciones, rebaje su factura fiscal para el próximo año. Amortizar hipoteca o hacer aportaciones a su plan de pensiones son medidas simples, pero efectivas que nos permitirán en la Declaración de la Renta del próximo año y correspondiente al ejercicio 2014 pagar menos a Hacienda o, incluso, que la Agencia Tributaria nos devuelva dinero. Y todo ello, en un marco cargado de novedades fiscales.

De hecho, economistas y la propia OCU han lanzado una serie de recomendaciones para que los contribuyentes mitiguen en sus declaraciones el impacto fiscal y de la propia reforma, que entrará en vigor el próximo año.

Así, para rendimientos de trabajo

Pensar cuándo conviene reducir una renta irregular como, por ejemplo, un bonus: si va a percibir otro mayor en los 5 años siguientes, seguramente convendrá no reducir el que perciba en 2014, ya que si lo hiciera, ello le impediría reducir el que perciba más adelante.

Si la empresa para la que trabaja le va a entregar gratuitamente acciones de la misma, será mejor que lo haga en 2014 que en 2015, salvo que la oferta de acciones se vaya a hacer a todos los trabajadores de la empresa en las mismas condiciones.

Depósitos a largo plazo: si está pensando en realizar algún depósito, le interesa que esté venza a partir de 2016, ya que para el próximo año y siguiente, la retención fiscal sufrirá continuas rebajas, de esta manera podrá diferir el pago de impuestos. Así, para 2014 la retención era del 21% para rendimientos hasta 6.000 euros, para 2015 baja hasta el 20% y en 2016 se sitúa en el 19%. También puede apostar por abrir un Plan Ahorro a Largo Plazo, ya que si recupera el capital transcurridos cinco años no tributará por el rendimiento obtenido.

La vivienda, hipotecas y alquileres. 42.561 euros de más en 2015

Compraventa de viviendas: la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) señala que desde el punto de vista fiscal la medida que más impacto tiene en el ámbito de la vivienda es la desaparición de los coeficientes, que reducían las ganancias obtenidas con la venta de una vivienda. Con la redacción inicial de la reforma, según OCU, el vendedor de una vivienda comprada en 1986 por 37.208 euros y vendida por 305.000, pagaría 20.589, si la vende en 2014 y 63.150 euros, si la vende en 2015, lo que supone una variación de 42.561 euros en solo unos días de diferencia. 

Amortizar hipoteca: una opción que cobra siempre fuerza antes de que acabe el año es amortizar por anticipado préstamo hipotecario para beneficiarse de la deducción por compra de vivienda habitual. Aunque esta deducción ha desaparecido, aquellos que compraron su vivienda antes del 1 de enero de 2013 pueden disfrutarla con un límite de 1.356 euros en la cuota íntegra, ya que existe una deducción del 15% sobre un máximo de 9.040,15 euros.

Alquiler: una de las novedades que trae la reforma fiscal que entrará en vigor es que en 2015 desaparece la deducción por alquiler de vivienda habitual. Una de las opciones que tienen aquellas personas que vivan de alquiler, que quieran cambiarse de vivienda y no perder la deducción es firmar un contrato de alquiler antes de que acabe el año.

Rendimientos del capital mobiliario:

Si es socio de una empresa y puede influir en la política de reparto de dividendos, le conviene que hasta 1.500 euros se los reparta en 2014, ejercicio en el que están exentos, mejor que en 2015 cuando tributarán plenamente. El exceso sobre dicha cifra será menos gravoso recibirlo en 2015, ya que son más reducidos los tipos de la tarifa del ahorro.

Para recuperar parte del capital o de la prima de emisión de una sociedad es preferible hacerlo en 2014 que en 2015. En la actualidad lo recibido reducirá, hasta su extinción, el valor de adquisición de la cartera y, solo superado este, tributa como rendimiento del capital mobiliario. En 2015 lo percibido, hasta las reservas no distribuidas, tributará como rendimiento del capital mobiliario y solo agotadas aquellas reducirá el valor de la cartera.

Acciones, Fondos y otras inversiones

Para los inversores y ahorradores la finalización del año es buen momento para realizar operaciones para mejorar la rentabilidad fiscal de las inversiones. No es recomendable vender inversiones con ganancias de menos de un año. A modo de ejemplo una ganancia de 4.000 euros en menos de un año pagaría 1.200 euros, si se vende después de un año pagaría 360 euros menos. También es recomendable retrasar la venta de bienes de más de un año que acumulen ganancias debido a la menor tributación de las rentas del ahorro en 2015 y 2016. Asimismo, OCU recuerda que si ha sufrido pérdidas en algunos valores, puede compensarlas con las ganancias obtenidas en otros, siempre teniendo en cuenta si la cotización de los valores aconseja o permite este tipo de operaciones. 

Rentas del trabajo y planes de pensiones

OCU recuerda que las mejoras introducidas en las retribuciones por especie hacen aconsejable en algunos casos optar por estas retribuciones en vez del dinero. Si la situación familiar ha cambiado, por nacimiento de hijos, o pago de una pensión alimenticia, etc, es recomendable comunicarlo cuanto
antes para bajar la retención en el IRPF. 

En cuanto a planes de pensiones, desde el Reaf recuerdan que si tiene un plan de pensiones conviene en 2014 agotar el límite de aportación, 10.000 euros o 12.500 euros, ya que a partir de 2015 el importe máximo de la reducción será de 8.000 euros. Además, en 2014 se conseguirá más ahorro al tributar por una tarifa más elevada que en 2015. Por último, todo lo que aporte en 2014 y en años anteriores podrá rescatarse sin problemas a partir de 2025.

Por último, en relación con los rescates de planes de pensiones, si antes de que acabe el año 2014 y ya acaeció antes la contigencia para cobrarlo, habiendo aportado primas antes del 1 de enero de 2007, puede rescatarlo aprovechando una reducción del 40% sobre las prestaciones correspondientes a las primas aportadas hasta 31 de diciembre de 2006 pero siempre rescatándolo hasta 2015. Así, si la contigencia se produjo antes de 2009, deberá rescatar el Plan a antes de que acabe 2016 y si se produjo entre 2009-2014 antes del octavo año al que se produjo la misma.

Rendimientos de actividades económicas:

Si es autónomo y determina el rendimiento neto de la actividad económica por estimación directa, y está pensando en efectuar gastos relativamente importantes de atenciones a clientes, le conviene acometerlos antes de que termine el año, cuando son deducibles en su totalidad, y no en 2015 cuando estará limitada su deducibilidad al 1% de del importe neto de la cifra de negocios de la empresa.

Si tiene todos los años beneficios y piensa en reinvertirlos, le convendrá más hacerlo en 2014 que en 2015 porque el porcentaje de deducción por este concepto se reduce a la mitad con la reforma.

Ganancias y pérdidas patrimoniales:

Si tiene más de 65 años y está pensando en transmitir un bien o derecho diferente de su vivienda habitual, valore hacerlo mejor en 2015 porque si es así no tributará por la ganancia que se ponga de manifiesto si el importe obtenido -con el límite de 240.000 euros- lo reinvierte en la constitución de una renta vitalicia.

Si está pensando en transmitir un bien con antigüedad anterior a 1994 debe analizar si le conviene hacerlo este año o al siguiente. En 2015 y siguientes los coeficientes de abatimiento solo se aplican en la parte proporcional del valor de transmisión del bien que no supere 400.000 euros, teniendo en cuenta que si se transmiten varios bienes o derechos se van acumulando los valores. Si se trata de inmuebles, asimismo habrá que considerar que la reforma suprime los coeficientes de corrección monetaria que actualizan el valor de adquisición a partir de 1994.

Alquileres: si tiene rentas inferiores a 24.000 euros y está pensando en irse a vivir alquilado, firmando el contrato este año podrá deducirse por este concepto en 2014 y también en los siguientes. Si el contrato lo suscribe en 2015 perderá este incentivo.


Fuente: Finanzas.com


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