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lunes, 14 de octubre de 2013
Los técnicos de Hacienda creen que más del 80% del fraude queda impune
martes, 1 de octubre de 2013
¿Préstamo o donación? Hacienda vigila de cerca la delgada línea que los separa
Los recovecos legales son los que permiten que, ante determinadas operaciones, se pueda traspasar la delgada línea roja que separa unas transacciones de otras. En el caso de los préstamos entre conocidos y las donaciones, las dudas están a la orden del día en Hacienda.
La Ley Tributaria determina que existe un conflicto entre dos tributos cuando haya «actos que sean artificiosos o impropios para la consecución del resultado obtenido», con el objetivo de pagar menos impuestos. Para Luis Bravo, socio de Cuatrecasas Gonçalves Pereira, «lo que muchas veces quiere hacerse son donaciones encubiertas como préstamos». Aunque este experto asegura que Hacienda puede buscar cualquier resquicio para comprobarlo.
Un préstamo perpetuo es una donación
Bravo recuerda que se trata de dos transacciones completamente diferentes, en todos los aspectos. Si nos encontramos ante un préstamo, «la obligación del retorno del capital es básica», comenta. «La existencia o no de intereses no es tan relevante», apunta. «Si los hay, esos intereses están sometidos al Impuesto de la Renta, por lo que los padres suelen prestar dinero sin cobrarlos», explica Bravo.
Además, en el caso del préstamo entre familiares o conocidos, se aplica el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y el de Actos Jurídicos Documentados. «Al ser entre particulares, el tributo se encuentra exento, pero sería necesario presentarlo para evitar cualquier problema posterior», recomienda Luis Bravo.
Existen una serie de requisitos que son «esenciales para el acuerdo del préstamo», señala Melissa Sáez, abogada fiscalista de ARAG. Esas condiciones básicas son: el importe del capital de la operación; el plazo de devolución del préstamo; los intereses fijados y la identificación de las partes. «Todo esto nos servirá para determinar el préstamo y para evitar que Hacienda pueda entenderlo como una donación», apunta Sáez.
Los expertos aconsejan plasmar en algún tipo de documento esta operación, para poder justificarla ante el fisco. Puede ser a través de un contrato privado o acudiendo al notario para formalizar una escritura. «Aunque no es obligatorio ese documento ante notario, sí que es altamente aconsejable la realización de este pacto por escrito», explica Melissa Sáez.
Dejarlo para la herencia
Aunque se cumplan todos estos requisitos legales, a Hacienda siempre se le pueden plantear varias dudas con respecto a la operación. Por ejemplo, cuando se pacta un crédito y se prolongan demasiado los plazos para devolverlo. «Una deuda perpetua es lo mismo que una donación, aunque exista un préstamo de por medio», apunta Luis Bravo. De esta forma, se intenta que el crédito quede diluido en la herencia de los padres que prestaron dinero a sus hijos. Pero cuando un prestamista fallece «el derecho de crédito sigue vivo», recuerda Bravo. «Lo lógico es que se adjudique al hijo al que le prestó el dinero para incluirlo en el reparto de bienes de la herencia», indica este experto.
Y ante la disparidad tributaria que se ha desarrollado en los últimos años en torno al Impuesto de Sucesiones y Donaciones en las Comunidades Autónomas, también se intenta aprovechar la residencia de padres o hijos en regiones con mejor fiscalidad, para realizar una donación encubierta de préstamo. De este modo, aunque el contrato del crédito cumpla con todos los requisitos, cuando los progenitores fallezcan, el heredero que aún deba dinero a sus padres sólo tendrá que liquidar el ISD en la Comunidad en la que estos residieran... casualmente la más ventajosa.
Fuente: Finanzas.com
martes, 10 de septiembre de 2013
¿Acabó la era de los paraísos fiscales?
Fuente: El Pais
jueves, 5 de septiembre de 2013
El final de las ventajas fiscales desploma las ventas de Loterías
Las ventas de Loterías y Apuestas del Estado han retrocedido un 9,27% hasta de agosto, lo que supone una merma en la recaudación de 444 millones de euros con respecto al mismo período de 2012, según los datos a lo que ha tenido acceso Servimedia. Hasta el 25 de agosto las ventas se situaron en 4.347,3 millones de euros frente a los 4.791,5 millones del mismo período de 2012, lo que representa una reducción de 444,27 millones.
Asimismo, la Memoria Anual que elabora la Dirección General de Ordenación del Juego revela que, en el conjunto del año pasado, Loterías y Apuestas del Estado situó sus ventas totales en 9.253 millones de euros, un 4,8% menos que en 2011. La evolución a la baja de las ventas de este año coincide con el fin de la exención fiscal que disfrutaban los ganadores de premios de los sorteos de lotería y la puesta en marcha de un nuevo impuesto desde el 1 de enero de 2013. El Gobierno creó un gravamen del 20% para los premios con una cuantía superior a los 2.500 euros. Según datos del Informe Mensual de Recaudación Tributaria, hasta junio el gravamen sobre premios de loterías había supuesto unos ingresos añadidos de 122 millones de euros. Para el conjunto del año, el Ejecutivo había estimado que se recaudarían 824 millones, lo que supone que en la primera mitad del ejercicio se ha conseguido sólo el 15% del total. El consejero de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), Manuel Redal, explicó que aunque “el impuesto podría desincentivar a los jugadores”, la evolución de la recaudación se ha de “achacar más al tema de la crisis”. Redal señaló que “el consumo ha caído en general” y que el sector de lotería no ha quedado al margen, para agregar que el descenso en las ventas “se ha ido agravando a la vez que la crisis”.
Por su parte, fuentes de la Agrupación Nacional de Asociaciones Provinciales de Administradores de Lotería (Anapal) coincidieron con los técnicos de Hacienda al asegurar que la menor cifra de ventas no se debe exclusivamente al impuesto, sino también a la reducción de la capacidad de gasto de las familias o a la bajada del sector del comercio. Asimismo, Anapal recordó que ya comunicaron al Gobierno su postura en contra del impuesto del 20% en los meses previos a su aprobación.
Fuente:Cinco Dias