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viernes, 5 de abril de 2013

La deducción en IRPF por pérdidas en bingos y casinos: Un galimatías imposible


¿Cómo controlar lo que una persona se juega y pierde en el bingo? Hacienda advierte de que pedirá justificación de las pérdidas que declaren los contribuyentes. Pero los empresarios reconocen que, por el momento, son incapaces de dar justificantes.
Esta nueva opción surge de acuerdo con la ley 16/2012 de 27 de diciembre según la cual se podrán compensar las ganancias del juego obtenidas desde el 1 de enero de 2012 en casinos, bingos o máquinas recreativas con las pérdidas obtenidas durante el mismo periodo, sin que en ningún caso las pérdidas superen las ganancias. La norma no afecta a las ganancias obtenidas de los premios de Loterías y Apuestas del Estado, los premios de las comunidades autónomas, la Cruz Roja, la ONCE y los premios europeos como el Euromillones.
La teoría suena muy bien pero llevar esta norma a la práctica es prácticamente una quimera. ¿Cómo controlar lo que una persona se juega y pierde en el bingo? "Es muy irreal. El empresario no va a saber nunca cuánto dinero se gastan los clientes", explican fuentes de la Confederación Española de Organizaciones de Empresarios del juego del bingo, una patronal que es la más importante de este sector en España y agrupa a 385 salas. Desde esta institución no tienen claro cómo actuar en caso de alguien les solicite un justificante. De hecho, ya podrían hacerlo los clientes. "Ya nos dirá Hacienda qué tenemos que hacer", advierten las fuentes.
Pero el desconcierto es monumental. Fuentes de la Agencia Tributaria consultadas por Finanzas.com explican que para que un contribuyente se pueda deducir pérdidas, Hacienda le puede pedir que las justifique. Es decir, que acredite si son o no reales. En este sentido, insisten en la Agencia Tributaria, "será el contribuyente que pretenda beneficiarse de la compensación de las pérdidas quien deberá buscar cómo aporta esa justificación, aunque lo más lógico es que solicite algún tipo de justificante al casino o bingo". Este supuesto aplica al juego presencial porque en el 'on line' el jugador está obligado a identificarse y Hacienda si sabe lo que gana y lo que pierde.
Pero en el caso del juego presencial, Hacienda advierte de que si el contribuyente "no justifica suficientemente las pérdidas, no se le admitirá la deducción". El problema es importante porque los dueños de los bingos, literalmente, no saben cómo pueden justificar lo que un cliente pierde en sus salas si estas cantidades son pequeñas. Eso si, en Hacienda aseguran que podrán enviar requerimientos genéricos o concretos a los operadores de juego para que aporten información a la administración tributaria. Entre esta información podría estar la requerida por pérdidas de sus clientes.
Según explica Carlos Cruzado, director del cuerpo de Técnicos de Hacienda (Gestha) la norma no es apropiada porque, a efectos prácticos, "el tema no se ha madurado". El problema según este experto es que habrá que introducir alguna norma para saber exactamente cómo y con qué documentos se pueden justificar las pérdidas. Pero a día de hoy no tenemos nada de esto. Es más. Cruzado cree que con esta norma se está considerando el juego como una especie de actividad económica (en realidad no lo es) a la que se le aplica una ventaja fiscal en un momento en el que la tendencia del país consiste precisamente en subir los impuestos.
Control de efectivo
La única posibilidad de que haya un control al menos parcial de las pérdidas y las ganancias de los clientes pasa por las medidas de control de efectivo. En concreto, ahora mismo no se pueden pedir fichas en un casino si se compran con más de 2.500 euros en efectivo. Es la misa norma que rige para todo tipo de bienes y servicios. Igualmente, no se pueden recibir premios en metálico por encima de 2.500 euros. Si esta prohibición se cumple a rajatabla, los bingos y casinos están obligados a llevar un estricto control de los pagos e ingresos por encima de 2.500 euros. Y Hacienda podría tirar de este fichero en una eventual revisión. ¿Pero y si hablamos de un bingo de 1.200 euros? Imposible llevar un control.
También la ley antiblanqueo exige a los casinos y equivalentes la identificación de las personas que compren o vendan fichas por encima de 2.000 euros (hay otras exigencias de identificación, en supuestos como la entrega de cheques a cambio de las fichas, o las transferencias de fondos a petición de los clientes). Se podría dar el caso de que Hacienda pidiera información al respecto al Servicio de Prevención de Blanqueo, el Sepblac, que es quien la puede pedir a los casinos
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Fuente: finanzas.com

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