Quienes realizaron obras en su vivienda, no solo en la habitual
durante el ejercicio 2012 están de suerte, ya que la Campaña Renta 2012 será el
último ejercicio en el que se podrán deducir, siempre y cuando sean obras que
supongan un ahorro energético (de gas, agua o electricidad) o
bien mejoren la higiene y salud del medio ambiente. Es decir: si
cambiaron las ventanas o las tuberías o hicieron obras en el cuarto de baño
podrán aplicar dicha deducción.
Como recuerda Gestha, esta deducción está abierta a la mayor parte de
los contribuyentes, ya que el límite de renta del contribuyente para poder
aplicarla es de 71.007,2 euros, aunque a partir de 53.007,2 euros la deducción
decrece progresivamente, siendo su cuantía cero para rentas superiores
a 71.007,02 euros.
Además, durante el año 2010, el Gobierno amplió la deducción del 10% al 20%
en el IRPF para las obras de rehabilitación de viviendas. Así, la base máxima de
la deducción depende de la base imponible del contribuyente. Si es igual o
inferior a 53.007,20 euros anuales, la base anual máxima será de 6.750 euros
anuales. De 53.007,20 hasta 71.007,20 euros anuales, la base anual máxima será
de 6.750 euros menos el resultado de multiplicar por 0,375 la diferencia entre
la base imponible y 53.007,20 euros anuales.
Durante este ejercicio, el tope del importe de las obras ascenderá a
53.007,20 euros, porcentaje irá desminuyendo hasta llegar al tope, que no tendrá
derecho a deducción.
Las cantidades satisfechas deben deducirse en la declaración de IRPF del ejercicio correspondiente, aunque Hacienda permite al contribuyente que las cantidades que se excedan de la base máxima anual, podrán deducirse, con el mismo límite, en los cuatro ejercicios siguientes.
Las cantidades satisfechas deben deducirse en la declaración de IRPF del ejercicio correspondiente, aunque Hacienda permite al contribuyente que las cantidades que se excedan de la base máxima anual, podrán deducirse, con el mismo límite, en los cuatro ejercicios siguientes.
En ningún caso, la base acumulada de la deducción correspondiente a
los períodos impositivos en que ésta sea de aplicación, podrá exceder de 20.000
euros por vivienda
El contribuyente debe recordar que la forma de pago es determinante para
acogerse a al deducción o no. Así, dentro de la campaña que ha puesto el
Gobierno, las obras tendrán que haberse pagado mediante tarjeta de crédito o
débito, transferencia bancaria, chque nominativo o ingreso en cuentas de
entidades de crédito, quedando excluidas las cantidades satisfechas mediante
entregas de dinero en metálico.
Las derramas comunitarias también deducen
Asimismo, las obras realizadas en la comunidad de propietarios que impliquen
mejora energética, como cambio de las tuberías generales, o mejora de la
accesibilidad, como la instalación de un ascensor o una rampa, y que son
trasladadas al propietario mediante derramas también son deducibles.
En este sentido, será el administrador o el presidente de la comunidad de
propietarios el encargado de comunicar al vecino el importe máximo de acuerdo
con su coeficiente (en el que se tiene en cuenta el número de metros, si tiene
garaje o trastero etc.).
Fuente: Finanzas.com
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