Año nuevo, nueva regulación para las pensiones. ¿Objetivo? Recortar gastos. ¿Cómo? Desde el 1 de enero el esfuerzo de cotización del trabajador deberá ser mayor para cobrar la misma pensión que recibiría con la actual regulación. El primer efecto que tendrá la reforma que fue aprobada en julio de 2011 será el retraso en la edad de jubilación. Ahora, la media se sitúa en poco más de 63 años, con una edad legal de 65. De este escenario pasaremos paulatinamente a otro en el que, como media, los españoles nos jubilaremos a una edad superior a los 65 años y en el que se tendrán en cuenta más años para calcular las prestaciones. De los 15 años que se toman como referencia ahora se pasará de forma progresiva hasta los 25 en un periodo de diez años.
Estos son los grandes cambios de la reforma que entra en vigor en 2013:
Camino de los 67 años
La edad de jubilación se eleva dos años
Con la nueva norma, la edad de jubilación se eleva de 65 a 67 años para todos los trabajadores. Pero el proceso no será inmediato, ya que se establecerá un periodo gradual para su entrada en vigor. Así, a partir de 2013 se irá retrasando progresivamente la edad de retiro de los 65 años actuales hasta llegar a los 67 años en 2027. Es decir, en 2014 un trabajador se jubilará a los 65 años y dos meses, en 2015 a los 65 y tres meses y así sucesivamente hasta alcanzar la nueva edad de 67 años al final del periodo.
De 35 a 37 años cotizados
Trabajar dos años más para cobrar el 100%
Actualmente, hay que trabajar un mínimo de 35 años para poder cobrar el cien por cien de la pensión. A partir de 2013, este plazo se aumentará progresivamente hasta alcanzar los 37 años en el año 2027 para los que se retiren a los 67. Eso sí, los trabajadores podrán seguir jubilándose a los 65 años conservando la pensión completa si han cotizado al menos durante 38 años y medio. La generación que se está jubilando ahora comenzó a trabajar muy joven y, por tanto, acumula muchos años de aportaciones al sistema. Más problemas para saltar este listón tendrán los jóvenes actuales, que han empezado más tarde a cotizar, y las mujeres con lagunas en su cotización.
Más años para el cálculo
Se eleva de 15 a 25 de forma progresiva
A partir del próximo martes, se abrirá un periodo transitorio hasta el 1 de enero de 2022 en el que el periodo de cotización exigido para calcular la pensión pasará de forma progresiva desde los 15 años actuales a los 25 años. A cada ejercicio, a contar desde 2013, se le irá sumando un año hasta completar los citados 25 años en 2022.
Quince años como mínimo
Sin cambios para acceder a la pensión
No habrá cambios en los años mínimos exigidos para poder cobrar una pensión. Seguirán haciendo falta 15 años de vida laboral cotizada para tener acceso a una pensión mínima de jubilación.
Prejubilaciones exigentes
A la espera de un acuerdo
Estaba previsto que antes de que acabara 2012 entrará en vigor un endurecimiento de las jubilaciones anticipadas para neutralizar las modificaciones incluidas en la reforma de las pensiones que entrará en vigor en 2013, pero finalmente no ha sido así y el Pacto de Toledo aún deberá ponerse de acuerdo sobre este nuevo endurecimiento. Hasta que llegue este acuerdo, el Gobierno ha suspendido por tres meses los artículos de la reforma que hacen referencia a esos cambios (61 años para jubilación forzosa y 63 para la voluntaria). La propuesta que estudia el Congreso y que modificará lo que se pactó en la Ley de Pensiones, es que las jubilaciones forzosas solo se podrán realizar con 63 años y las voluntarias con 65. En el caso de que en tres meses no se vislumbre un acuerdo, el Gobierno decidirá si legisla o prorroga la suspensión.
Funcionarios
Límites a los retiros anticipados
Sobre la mesa del Pacto de Toledo hay una propuesta de la ministra de Empleo, Fátima Báñez, para no permitir que los funcionarios se puedan jubilar antes de tiempo. Se trata de eliminar esta posibilidad para cerca de un millón de funcionarios, especialmente docentes y miembros de los cuerpos de seguridad del Estado, que hasta ahora sí podían acogerse a esta opción.
Jubilación parcial
A la espera del Pacto de Toledo
La modificación de esta figura también está pendiente del Pacto de Toledo. El Gobierno ha propuesto elevar la edad de jubilación parcial desde 61 a 63 años, modificar la jornada laboral obligatoria para que llegue hasta el 50% (ahora entre el 25% y el 75%) y aumentar el periodo mínimo de cotización exigido desde los 30 a los 33 años. Este tipo de jubilación permite abandonar el mercado de trabajo con 61 años, sin coeficientes reductores en la cuantía de la pensión y con una reducción de jornada que es compensada con la contratación de un trabajador -el denominado contrato de relevista- para cubrir ese puesto. Es una fórmula muy costosa: en la actualidad hay 121.207 beneficiarios con una pensión media de 1.500 euros al mes y un coste de 2.000 millones para el sistema público.
Más trabajo voluntario
Compatibilizar pensión y sueldo
A falta de definir las compensaciones para el trabajador que lo decida, habrá facilidades para compatibilizar la pensión con un salario siempre que el jubilado tenga cubierto el periodo de cotización necesario para percibir el 100% de la prestación. La permanencia en el puesto de trabajo tendrá premio en forma de menos cotizaciones. A esta opción solo podrán acogerse trabajadores del sector privado.
Cotizan los años de becario...
Equiparación total al contrato formativo
La Ley obligará a las empresas que financien programas de formación o investigación de los becarios a cotizar por estos, con equiparación total al contrato de trabajo formativo. La cotización se producirá de una sola vez y por un máximo de dos años.
...y el cuidado de hijos
Amortiguar las lagunas de cotización
Para evitar que el retraso en la edad de jubilación o la exigencia de más años cotizados perjudique a las mujeres con lagunas de cotización, la norma permitirá que se sumen al cómputo de años, nueve meses por cada hijo, con un tope de dos años (tres meses en caso de adopción). Es decir, que una mujer con tres hijos y que además haya interrumpido su carrera para cuidarlos y después haya vuelto al trabajo, podrá computarse con los citados dos años. De modo que si a los 67 años tiene cotizados 35, la Seguridad Social le sumaría otros dos, y se jubilaría sin penalización. Estos beneficios, que serán reconocidos a uno de los dos progenitores, reconocen un máximo de 270 días por hijo, aunque se va a aplicar de forma paulatina hasta 2019 comenzando por 112 días en 2013.
Esta cotización, para la que se computará como base la media de las bases anteriores, se reconocerá a todos los efectos, salvo para la suma de los 15 años de periodo mínimo que dan acceso al cobro de una pensión. El desarrollo reglamentario de la Ley de Pensiones despeja cualquier dudaen cuanto a la compatibilidad de la aplicación del beneficio por cuidado de hijos con los periodos asimilados por parto y con los de cotización derivados de las excedencias. Si bien, todos estos periodos se compensarán con un máximo de cinco años de cotización reconocida.
Fuente:ABC