Según lo anunciado a finales del año pasado por el secretario de Estado de
Hacienda Miguel Ferre, el ejecutivo ha creado una Oficina Nacional de Fiscalidad
Internacional (ONFI) cuyo objetivo es controlar especialmente los precios de
transferencia, que son muchas veces utilizados por las empresas multinacionales
con el fin de desviar beneficios a países de baja tributación, minimizando así
la carga tributaria del grupo multinacional en España.
La creación de la ONFI se engloba dentro de los nuevos instrumentos con que
se está dotando la Agencia Tributaria para luchar contra el fraude fiscal en
vista de la finalización el 30 de noviembre del plazo de la amnistía fiscal
concedida por el Gobierno. La nueva oficina contra el fraude internacional esá
en funcionamiento desde enero de 2013, y cuenta con medio centenar de efectivos
especializados en la materia. Dicha oficina se halla bajo la dirección del
Departamento de Inspección de la Agencia Tributaria con competencia en todo el
territorio nacional.
Conjuntamente a la creación de la nueva oficina contra el fraude
internacional, el Gobierno ha aprobado a finales de marzo de 2012 una importante
medida que limita la deducibilidad de los gastos financieros entre empresas
pertenecientes al mismo grupo empresarial.
Hacienda espera que la creación de la nueva oficina conlleve un aumento
significativo de la recaudación, al estimar que gracias a la lucha contra el
fraude ingresará en términos globales en 2013 más de 9.130 millones de euros, el
11,7 % más de lo previsto para 2012.
A efectos prácticos, la creación de la ONFI se traducirá en un crecimiento
exponencial del número de inspecciones en materia de precios de transferencia,
siguiendo la tendencia ya marcada en 2012.
Esto pone en evidencia para las empresas multinacionales la importancia del
cumplimiento estricto de la obligación de documentación relativa a los precios
de transferencia para evitar, como mínimo, las sanciones formales de
documentación. En este sentido, cabe recordar que las sanciones por
incumplimiento de documentación formal son de 1.500 euros por cada dato y 15.000
euros por conjunto de dato omitido, inexacto o falso. En consecuencia, la
sanción por falta de documentación puede ascender a más de 140.000 euros.
Hasta el día de hoy, son muchas las entidades pertenecientes a grupos y
activas en España que se han arriesgado no cumpliendo con los requisitos
documentales fijados por la Ley del Impuesto sobre Sociedades en materia de
operaciones vinculadas. En adelante, este incumplimiento legal ya no va a ser
posible, (o por lo menos va a conllevar un riesgo mucho más elevado) dado que el
volumen de inspecciones aumentará considerablemente.
Según la experiencia de Rödl & Partner, muchas subsidiarias de empresas
multinacionales en España no son conscientes de que el coste que supone preparar
la documentación requerida por la legislación española, es mucho menor que una
sanción por falta de documentación o por ajustes de precios de transferencia.
Además, cabe recordar que una documentación bien preparada evita muchas
discusiones y disminuyen los riesgos en el momento de una inspección.
Finalmente, Rödl & Partner resalta que los temas más abordados en las
inspecciones de precios de transferencia suelen ser la deducibilidad de gastos
financieros y de gastos de servicios intra-grupo, así como ajustes en los
márgenes de empresas que registran repetidamente pérdidas, aunque su perfil
funcional es de riesgo limitado.
Fuente: Expansion
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