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martes, 21 de mayo de 2013

Renta 2012: ¿conoce las deducciones a las que tiene derecho?

Que nos salga a devolver o a pagar en muchas ocasiones puede deberse a un despiste o a un desconocimiento de las deducciones a las que el contribuyente tiene derecho. La más conocida es la deducción del 15% sobre un máximo de 9.040 euros por adquisición o alquiler de vivienda, pero hay muchas más.
Así, la más común es la inversión en vivienda habitual, aunque en 2013 se elimina para quienes hayan adquirido una vivienda más allá del 1 de enero de este año. Para el resto, se pueden aplicar un 15% sobre una base máxima de 9.040 euros. Incluye las cantidades pagadas en 2012 para la adquisición por ampliación, construcción y rehabilitación más los gastos, como los intereses derivados de la financiación ajena. Para que la vivienda se considere habitual se debe haber habitado en ella durante tres años, aunque las deducciones sobre la misma se apliquen desde el primer momento.
También son objeto de deducción las obras e instalaciones de adecuación por razón de discapacidad. En este apartado se aplicaría una deducción del 20% sobre una base máxima de 12.080 euros.
Deducción por cuenta ahorro-empresa: el 15% de las cantidades depositadas en una cuenta destinada a constituir una sociedad nueva empresa. El límite máximo es de 9.000 euros al año y el plazo para constituirse la nueva sociedad es de cuatro años.
Deducciones por actividades económicas.
También son objeto de deducciones los donativos. El porcentaje varía desde el 25% de los que se hagan a entidades beneficiarias del mecenazgo, hasta el 10% de las donaciones a fundaciones. En el caso de que se haga en régimen de matrimonios con bienes gananciales, la pueden practicar por mitades.
Deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla, tanto para los residentes en las dos ciudades autónomas como los que no residiendo en las mismas obtengan allí las rentas.
Deducciones en actuaciones para la protección y difusión del Patrimonio Histórico Español y Mundial, con un porcentaje del 15% de las inversiones y gastos para adquirir estos bienes en el extranjero, más la conservación, difusión o restauración.
Alquilar una vivienda es equiparada a la compra. Así, el porcentaje máximo de deducción es del 10,05% de las cantidades satisfechas, con una base máxima de 9.040 euros, que pueden aplicarla los contribuyentes con base imponible que no supere los 17.707,20 euros, pero a partir de 24.107,20 euros no se puede aplicar.
Deducción por obras de mejora en la vivienda, de carácter excepcional y solo para 2012. Estas obras están destinadas, entre otros, a ahorrar energía o suprimir barreras arquitectónicas. La base máxima es de 6.750 euros por persona y 20.000 euros por vivienda, sobre un porcentaje total del 20%. Para poder beneficiarse de esta deducción las cantidades satisfechas mediante el pago de transferencia bancaria, tarjeta de crédito o debito, cheque nominativo o ingreso en cuenta bancaria.
También se aplica esta deducción, vigente para 2012, para las obras en una vivienda alquilada o en una segunda residencia.
Las obras de mejora de eficiencia energética o supresión de barreras arquitectónicas que lleva a cabo la comunidad de propietarios también se pueden deducir por cada uno de los vecinos con arreglo a la parte proporcional satisfecha por cada uno.
A estas deducciones hay que añadir las que aplican las comunidades autónomas, que van desde deducciones por nacimiento o adopción de hijos, por familia numerosa y monoparentales, pasando por el cuidado de personas dependientes.
También son objeto de deducción por inversiones en acciones de empresas que cotizan en el MAB, también por adquisición de libros de texto para hijos o adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar.


Fuente: Finanzas.com

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